El Contencioso da la razón a la hija de una dependiente que solicitó poder cuidar a su madre

El tribunal Contencioso y Administrativo número 2 de Lugo dictó, el pasado día 25, una sentencia en la que le da la razón a una ribadense, que solicitó una una prestación para cuidar en su domicilio a su madre, dependiente de grado tres, que falleció el 12 de enero de 2012. La demandante pidió ayuda a la Xunta, en 2009, tras acreditar la incapacidad de su progenitora, pero la Administración decidió concederle 90 horas mensuales del servicio de ayuda en el hogar, que eran insuficientes, ya que la anciana precisaba de constantes atenciones.

El tribunal de lo Contencioso califica la decisión de la Xunta de «absolutamente inmotivada e carente de fundamento, en canto a elección do sistema escollido no Programa Individual de Atención (Pia)», dirigido a la citada vecina de las parroquia de As Anzas, que necesitaba la ayuda. Tilda de «paupérrimo» el informe «que obra no expediente», porque «non di por que valora la idoneidad del Servicio de Axuda a Domicilio (SAF)», frente a otras recomendaciones.

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