El Concello de Monterroso deberá demoler parte de la ampliación de la gasolinera

El TSXG desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento, que defendía la legalidad de la licencia que otorgó para ejecutar la obra

El Concello de Monterroso deberá ejecutar una sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo, que le obliga a demoler la ampliación de la gasolinera de la localidad, una vez que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia haya desestimado el recurso del Ayuntamiento, que defendía la legalidad de la licencia que otorgó para realizar la obra.

El conflicto tiene su origen en un decreto del Ayuntamiento de Monterroso, firmado el 15 de septiembre de 2011 por el entonces alcalde Antonio Gato Soengas, que autorizaba la licencia urbanística para la ejecución de la ampliación de la tienda de la estación de servicio, que de este modo pasaba de ocupar una superficie de 54,60 metros cuadrados a los 91,50 actuales.

Contra el decreto presentó recurso, en el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Lugo, María Raquel Sabariz García, que promovió el proceso al quedar afectada por la ampliación una parte de los terrenos de los que es copropietaria.

La posterior sentencia, dictada por este juzgado el 18 de febrero de 2014, reconocía que la concesión de la licencia no se ajustaba a la legalidad toda vez que la estación de servicio -cuyas dos únicos permisos otorgados fueron los del 19 de junio de 1965 (inicial) y el del 28 de abril de 1975 (para un anterior ampliación)- se encuentra a día de hoy fuera de la ordenación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NNSSPM), por lo que en las instalaciones solo se consienten obras «de mera conservación y las necesarias para el uso preexistente», según establece el artículo 103.2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Galicia (Louga).

Contra esta primera sentencia, el Concello de Monterroso presentó un recurso de apelación al entender que la situación de fuera de ordenación de las instalaciones era «solo parcial». Además, los técnicos municipales que aprobaron el proyecto consideraban que las obras únicamente suponían una mejora de las condiciones de accesibilidad a la instalación y que la ampliación de la tienda no suponía un aumento del volumen total de la instalación.

Una vez estudiado el recurso del Concello de Monterroso y los documentos aportados por la parte afectada, el TSXG dictaminó que las obras de la estación de servicio no son de «consolidación reparación, modernización y mejora de sus condiciones estéticas o higiénicas», lo que estaría amparado por el artículo 119 de las NNSSPU, sino de «ampliación», al ser la nueva tienda «totalmente incompatible» con las normas al amparo de las que se resolvió la licencia municipal. Por todo ello, el TSXG desestimó la apelación del Ayuntamiento, decisión sobre la que no cabe recurso.

Origen El conflicto se inició en septiembre de 2011 cuando un decreto de la alcaldía autorizó la obra para ampliar la tienda Sentencia El tribunal entiende que al quedar fuera de las normas urbanísticas, la instalación solo se puede mejorar pero no ampliarla

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