Diez claves de las leyes de regeneración democrática

El Gobierno ha aprobado hoy el grueso del plan de regeneración democrática y contra la corrupción que someterá a un riguroso control a los partidos políticos con medidas como la prohibición de que los bancos les condonen la deuda o de las donaciones de personas jurídicas.

Estas son las principales novedades de los dos anteproyectos de ley que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros y que se someterán ahora al dictamen del Consejo de Estado y el Tribunal de Cuentas para que emitan sus recomendaciones.

ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DE LOS PARTIDOS

- Prohibición de donaciones de personas jurídicas a los partidos políticos.

- Prohibición de que las entidades de crédito condonen la deuda a las formaciones políticas.

- La ley contemplará además la devolución de donaciones indebidas o que excedan los límites legales, que tendrán que devolverse a los donantes y, si no fuera posible, al Tesoro.

- Se impone la obligación de todos los partidos, sin excepción, de presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas, y se retendrán las subvenciones a quienes la incumplan.

- Se establecen obligaciones tasadas en la contabilidad de los partidos, en su publicidad y transparencia.

- También se regula la figura del tesorero de los partidos, el responsable de su contabilidad y gestión económica-financiera, quien tendrá la obligación de rendir cuentas ante el Parlamento.

- Se contemplan nuevas infracciones y sanciones en materia de financiación de partidos, y la previsión de cobro de las sanciones en período ejecutivo por la Agencia Tributaria.

- Habrá una regulación del contenido mínimo de los estatutos de los partidos políticos y adaptación a la responsabilidad penal de los mismos.

- Las fundaciones y asociaciones vinculadas a las formaciones políticas tendrán que ser inscritas obligatoriamente en el Registro de Partidos.

- Los partidos estarán obligados a definir un procedimiento normalizado de contratación.

- Se establecerán fórmulas de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y entidades del sector público como la Agencia Tributaria y el Instituto Nacional de Seguridad Social, y se impulsará también la colaboración de las entidades de crédito con el órgano fiscalizador.

- Reconocimiento de la capacidad de creación de partidos políticos a todos los ciudadanos de la Unión Europea.

ANTEPROYECTO DE LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE ALTO CARGO EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

- Se establece la exigencia de requisitos de idoneidad, similar a la vigente en el ámbito privado, y una declaración responsable para optar a un alto cargo de la administración.

- Regulará las causas por las que se considera que no concurre honorabilidad profesional y, por lo tanto, no puede considerarse idónea a una persona para el desempeño de un alto cargo, y fijará los principios que rigen para ejercer las funciones de este tipo de puestos.

- Ningún condenado por delitos contra las instituciones y administraciones públicas, incluidos los de terrorismo, podrá ser nombrado para un alto cargo mientras no se cancelen sus antecedentes penales.

- Tampoco podrán ser altos cargos los condenados a penas privativas de libertad o quienes estén inhabilitados por la legislación concursal, sanción penal o administrativa, ni los condenados por infracciones graves de la Ley de Transparencia.

- Se introduce un control de la situación patrimonial del alto cargo al final de su mandato.

- Incluye una regulación del régimen retributivo, de la protección social de los altos cargos y de las compensaciones tras su cese, así como un mayor control y limitaciones en los gastos de representación.

- Los altos cargos tendrán prohibido asimismo el uso de tarjetas de crédito a cuenta de la administración y se limitará el ejercicio de actividades económicas privadas tras su cese.

- Amplía el régimen de publicidad de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales de los altos cargos.

- Homologación de las declaraciones de actividades, bienes y derechos.

- Se creará un sistema de alerta temprana de conflicto de intereses y se refuerza la Oficina de Conflictos de Intereses.

Por último, y en un tercer bloque, estarán las medidas que afectan al ámbito penal y que se incluirán en la reforma del Código Penal que desde el pasado jueves se tramita en el Congreso.

A través de enmiendas, está previsto que se incluyan en dicha reforma el endurecimiento de las penas en supuestos de prevaricación de especial gravedad, la ampliación de los delitos tipificados como tráfico de influencias y una revisión de los delitos de fraudes y exacciones ilegales y falsedad contable.

Se incorporarán también nuevos delitos relacionados con la financiación y la gestión de los partidos, ya que ahora no está tipificada como tal la financiación ilegal de las formaciones políticas.

También está prevista la articulación de nuevas medidas contra la ocultación de bienes y para su devolución a las arcas públicas.

Otras novedades afectan al ámbito procesal y permitirán agilizar los procedimientos en casos de corrupción, evitar recursos que buscan dilatar el proceso o permitir la responsabilidad civil en un proceso distinto para dotar de mayor agilidad al proceso anticorrupción

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