Confirmada la absolución de un ganadero acusado de matar más de 150 reses

Sus socios en una cooperativa de Guntín lo habían denunciado también por tirar leche

La Audiencia Provincial acaba de ratificar la sentencia en primera instancia del juzgado de lo Penal número 1 que absuelve a un ganadero copropietario de una cooperativa de Alvarín (Guntín) al que sus socios acusaron de matar 152 reses con eutanásicos, tirar intencionadamente leche de la explotación y causar daños en las instalaciones por valor de unos 230.000 euros. 

En este fallo, la Audiencia recuerda que en el de primera sentencia ya se concluía que no había quedado acreditado por los socios denunciantes ninguno de los hechos de los que culpaban a este ganadero, que achacaban a una venganza por sentirse marginado.  

Además, la Audiencia hace hincapié también en que "la juzgadora realizó una valoración en conciencia de la prueba práctica en el acto del juicio, observando directamente lo allí ocurrido, lo que abarca no solamente la observación del contenido de las afirmaciones, sino también la observancia directa del modo y forma en que aquellas se llevaron a cabo", en referencia a "gestos, evasivas o silencios" en las intervenciones de denunciantes y demandado. 

La Audiencia incide en que "la juzgadora realizó una valoración en conciencia de la prueba práctica en el acto del juicio, observando directamente lo allí ocurrido"

Según la Audiencia Provincial, esa valoración de la jueza, que se cuestionaba en el recurso presentado por los socios del cooperativista, "ha de ser mantenida, salvo que resultase incoherente, arbitraria o ilógica, lo que en este caso no se observa". 

El tribunal continúa señalando que la jueza, una vez examinada la prueba practicada en el acto de juicio, llegaba a la conclusión de que "no entendía aportada prueba de cargo capaz de enervar la presunción de inocencia del acusado". Añade que, no puede "volver a reexaminar aquellas pruebas personales, directamente observadas por la juzgadora, y que resultaron trascendentales para la adopción de su decisión", tras lo que se apoya en la jurisprudencia para justificar ese razonamiento. 

El fiscal pidió en su día una pena de tres años de prisión para el denunciado por estos hechos.

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