Condenan al Sergas a pagar 60.000 euros por una negligencia en una operación de un tumor benigno

El Juzgado Contencioso número 2 de Santiago acaba de condenar al Sergas a indemnizar con 60.000 euros al vigués L.U.S., de 49 años, por haberle seccionado el nervio facial en una intervención quirúrgica de un tumor benigno de parótida.

Según informan fuentes del Defensor del Paciente, el afectado no firmó ningún consentimiento informado para esta operación, a pesar de tratarse de una intervención quirúrgica con alto riesgo de que se produjesen lesiones importantes.

El fallo señala que "no existe ninguna prueba" de la existencia de comunicación al paciente, "con la necesaria calidad y contenido" respecto de los posibles riesgos de la intervención. Asimismo, añade que el documento de consentimiento informado "no existe".

El juzgado indica que hubo "mala praxis", puesto que, ponderando la prueba pericial practicada, se evidenció "en todo momento" que el tumor era benigno, por lo que no requería seccionar el nervio facial. La sentencia puntualiza también que si se sospechó en el transcurso de la intervención posible malignidad, no consta que no se hubiera podido intentar conservar el nervio facial.

En todo caso, especifica que no se acreditó que se hubiese esperado al resultado de la biopsia --que habría determinado la naturaleza del tumor-- antes de realizar la disección del nervio facial, deduciéndose de la historia clínica que los facultativos seccionaron el nervio facial y después enviaron el material a anatomía patológica.

Todo ello, según apunta el abogado del Defensor del Paciente, Cipriano Castreje, es constitutivo de mala praxis médica, pues todos los datos e informes previos a la intervención quirúrgica apuntaban a que el tumor era benigno. Además, denuncia que no se realizaron las pruebas de imagen precisas para determinar la exacta ubicación del mismo.

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