Condenados a penas de 17 años de cárcel los cinco autores del asalto al chalé de A Veiga

Los acusados, durante la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial de Lugo (Foto: Xesús Ponte)
photo_camera Los acusados, durante la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial de Lugo (Foto: Xesús Ponte)

Un total de 17 años de cárcel es la pena que tendrán que cumplir los cinco autores del asalto en abril de 2009 a una vivienda familiar de A Veiga, en Chantada, donde agredieron y maniataron a una mujer y a sus dos hijos de doce años.

La Audiencia Provincial de Lugo acaba de condenar a Domingo Camiña Melón, alias ‘Mingo’; Rubén Collazo Rodríguez, ‘Loquillo’; Gheorghe Bejenaru, ‘Gordo’; Henry Carreño Rodríguez, y Roberto Carlos Cuervo Quiñones por los delitos de robo con violencia e intimidación y detención ilegal. Los condenados también tendrán que hacer frente a sendas multas de 2.880 euros como autores de un delito de daños y 240 euros más por una falta de lesiones.

La Sala absolvió, sin embargo, a los otros cuatro acusados -tres hombres y una mujer-, al considerar que «no quedó acreditada» su participación en los hechos que se les imputaban.

Asalto

La sentencia de la Audiencia concluye que durante la vista oral quedó probado que Henry Carreño puso en conocimiento de los otros cuatro condenados la posibilidad de entrar en un chalé de A Veiga, creyendo que su propietario -que se dedicaba al transporte y venta de pescado en Vigo- guardaba grandes cantidades de dinero en su domicilio. Con tal finalidad, todos ellos se desplazaron al menos una vez a la citada vivienda, «observando el lugar y las posibilidades de entrada y huida».

Posteriormente, en la madrugada del 30 de abril de 2009 -y sabiendo que el cabeza de familia se encontraba en Vigo-, los asaltantes entraron en la casa por una ventana de la planta baja, se dirigieron al dormitorio principal y se echaron encima de la mujer, atándola de pies y manos con el cable de la televisión.

Al mismo tiempo, uno de ellos acudió al dormitorio de los menores portando un cuchillo y una pistola y los llevó hasta la habitación en la que se encontraba su madre, donde los ataron fuertemente con unos jerseys.

Cuando localizaron la caja fuerte, cogieron a uno de los niños y le pusieron un cuchillo en el cuello, consiguiendo así que la abriera con la combinación que le facilitó su madre. Uno de los asaltantes llegó a poner una pistola en la cabeza de la mujer mientras le preguntaba por la existencia de una segunda caja fuerte. Finalmente, otro de los imputados acercó su teléfono móvil a la oreja y dijo que ya habían terminado el trabajo y que fueran a matarlos. Además, le dijeron a la mujer que no denunciara o matarían a su marido.

Cuando los asaltantes abandonaron la vivienda, la víctima logró desatarse, soltó a sus hijos y acudió a la Guardia Civil para denunciar los hechos. En este sentido, la Sala estima que estas acciones eran «innecesarias» para perpetrar el robo, por lo que considera que existieron tres delitos de detención ilegal.

Los ladrones esperaban hallar en la caja fuerte de la vivienda unos 300.000 euros. Sin embargo, tuvieron que conformarse con 400 euros en metálico, varias joyas de oro y cuatro móviles, valorados en 1.910 euros.

Por otra parte, la Sala provincial considera que no hay pruebas para incriminar a los otros tres acusados -que se enfrentaban a penas de cinco años de cárcel por facilitarles supuestamente a los autores del robo información sobre la víctima-, ni tampoco contra la única mujer imputada, para la que el ministerio fiscal pedía dos años de prisión por receptación de material robado.

Banda

La Audiencia «no estima acreditada la perpetración de un delito de asociación ilícita». El fallo explica que para considerar que los condenados formaban parte de una banda tendría que existir un «mínimo organizativo, dotado de cierta estabilidad y permanencia», expone.

La asociación ilícita «exigiría estar claramente dedicada a la comisión de delitos, no por voluntad de alguno de sus miembros, sino en esencia de la propia organización asociativa. Y esta característica no ha quedado acreditada en el presente caso», argumenta.

Los cinco condenados -que ya se encontraban en prisión provisional por estos hechos desde el momento de su detención- se enfrentaban inicialmente a sendas condenas de 27 años de cárcel. Los asaltantes no podrán acercarse a las víctimas ni a su vivienda durante veinte años.

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