Blesa entrega a la AN su lista de bienes para ser embargados

El expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa ha aportado hoy a la Audiencia Nacional el listado con bienes de su propiedad que serán embargados para poder hacer frente a la fianza de 16 millones de euros que le impuso el juez Fernando Andreu por "aceptar" y "propiciar" el sistema de tarjetas opacas de la entidad.

Fuentes jurídicas han informado de que la secretaria judicial del Juzgado Central de Instrucción número 4 ha acudido a primera hora de la mañana a la residencia del exbanquero con el fin de que le aportara el inventario, el cual ahora deberá ser analizado para comprobar si es bastante para afrontar esa cuantía.

No obstante, Blesa, que intentó hasta última hora que fuera la aseguradora Mapfre la que abonara esa cuantía, ya asumió que no disponía de patrimonio suficiente para asumir la cifra impuesta.

El pasado jueves, un día después de que expirara el plazo que se le dio para prestar su fianza, Andreu puso en marcha los trámites para embargarle.

Tal y como contempla la Ley de Enjuiciamiento Civil, el exbanquero, imputado junto a Rodrigo Rato por un delito de administración desleal por el escándalo de las tarjetas, debe aclarar si sus bienes están ocupados, por qué personas y en concepto de qué.

Y ello bajo la advertencia de que puede ser sancionado "cuando menos por desobediencia grave" si no entregaba la lista, incluye bienes que no sean suyos, excluya otros que, siendo de su propiedad, son susceptibles de ser embargados o no desvele cargas y gravámenes.

Pero el juez no contará solo con su versión, ya que simultáneamente ha iniciado su propia investigación y ha dado orden a la unidad de Policía judicial de la Audiencia Nacional para que recabe toda la información posible del patrimonio de Miguel Blesa.

En sus pesquisas, el juez acudirá al denominado "punto neutro judicial", herramienta que puso en marcha el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que le permitirá acceder mediante unas claves a toda la información patrimonial de Blesa, sus datos bancarios, bienes muebles e inmuebles o fincas.

La ley fija además el orden en el que deben ser embargados los bienes hasta alcanzar la cuantía establecida.

Así, se comenzará con dinero o cuentas corrientes de cualquier clase; créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores, para dar paso a joyas y objetos de arte.

Después se podrán bloquear rentas en dinero; intereses, rentas y frutos de toda especie; bienes muebles, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales y bienes inmuebles.

A continuación, si aún no se ha llegado a la cifra, se podrá ordenar el embargo de sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas y, en último lugar, los créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.

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