Archivan la denuncia por malversar con las subvenciones al Resu

César Aja acusaba a la junta de gobierno de Roel de derrochar con las ayudas al festival de Viveiro

El juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Viveiro archivó la denuncia interpuesta por el exalcalde César Aja contra la junta de gobierno de Melchor Roel entre los años 2006 y 2013 por presunta malversación de caudales públicos en la concesión de subvenciones para la organización del Resurrection Fest. 

La juez solicitó al Concello –que la aportó– la documentación justificativa de las subvenciones y la ejecución del gasto correspondiente y los pagos realizados, así como de los ingresos obtenidos cada año por el evento. Durante las diligencias declararon los organizadores, cuyos testimonios consideró suficientes y no llamó a la junta de gobierno. 

El auto de archivo, que salta a la luz ahora aunque data de julio de 2015, reseña que el delito de malversación de fondos públicos no sanciona la idoneidad, gastar mal o derrochar, sino sustraer caudales con ánimo de lucro, lo que equivale a "apropiarse, permitir que alguien lo haga o destinar los fondos a usos ajenos a la función pública". 

La magistrada indica que de las diligencias no puede concluirse que exista un acto de sustracción, ya que las cantidades empleadas se entregaron para el pago de unos servicios, que se justificaron con facturas y además la organización destinó las subvenciones otorgadas a contratar grupos musicales, con el correspondiente contrato. 

PROMOCIÓN. Con independencia de la valoración política que merezca el destino dado a esos fondos, considera que "no puede considerarse como privado, pues lo que se pretende con la financiación del festival no es un interés patrimonial o privado de ninguna persona particular, sino la promoción de la localidad a través del festival" y con ese objetivo se realizan los gastos. 

La magistrada apunta asimismo que tampoco hay indicios de que el evento reporte los beneficios que se denuncian ni que estos deriven de los gastos que concede el Concello. Los propios interventores y certificaciones acreditan que el Ayuntamiento no percibió ingresos. Por ello, considera que no está justificada la comisión del delito. 

La jueza explica la relatividad del concepto de interés general y que a nivel político se establecen prioridades, aunque no agraden a toda la ciudadanía, y aceptables si respetan la ley.

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