Historia: Un proyecto atascado

Archivada la causa contra el presidente de la Hidrográfica del Miño-Sil por la fábrica de la luz

La concesionaria de la minicentral lo acusaba, junto a un técnico y a la CHMS, de prevaricación administrativa de prevaricación administrativa

El juzgado de instrucción número 2 de Ourense archivó la causa por presunta prevaricación administrativa contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS), Francisco Marín, un técnico y el propio organismo de cuenca. Este procedimiento se inició a raíz de la querella que presentó la empresa Inca, concesionaria de la explotación eléctrica de la fábrica de la luz de la capital lucense.

Inca formuló denuncia, entre otros motivos, porque entiende que la confederación "vulnera el procedimiento administrativo" en sus resoluciones y realizó "maniobras para dilatar los plazos". Además, considera "injustificada" la paralización del proyecto el 30 de agosto de 2016 y la demora posterior en la tramitación del expediente para resolver sobre la prórroga del plazo para la ejecución de las obras.

La adjudicataria destacó asimismo "el importante perjuicio económico derivado de la ejecución de las obras, teniendo en cuentas los pagos ya efectuados para la ejecución de los trabajos, costes financieros, costes de paralización y lucro cesante".

En el auto, el titular del juzgado de instrucción número 2 de Ourense señala que "el simple retraso puntual o la instauración de un trámite que pudiera considerarse superfluo no tienen entidad suficiente para su consideración delictiva". Atribuye en parte esa demora en que la CHMS le comunicaba sus resoluciones al Concello de Lugo, que es el titular de la concesión.

El fallo judicial añade que no se aprecia "intencionalidad directa o dolo por parte de la Confederación Hidrográfica y quienes dictaron las resoluciones indicadas en entorpecer el inicio o ejecución de las obras".

Justifica además la paralización de las obras porque Dirección Xeral de Conservación da Natureza de la Xunta advirtió de "la presencia de especies catalogadas en peligro de extinción y vulnerables".

"ESCASA VOLUNTAD". El magistrado sostiene que hay "una serie de resoluciones documentadas y fundamentadas jurídicamente", que, a su juicio, pueden resultar "controvertidas" y que "denoten quizá una escasa voluntad de las administraciones concurrentes a la hora de llevar a efecto el proyecto de la fábrica de la luz". Concluye que en la actuación de los responsables de la Confederación Hidrográfica "no se aprecia que las resoluciones dictadas en el desarrollo del procedimiento" sean delito.

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