Absueltos los dos acusados de matar 2.600 truchas en un río de Melide

Los dos acusados de causar en 2007 un vertido de purín que mató 2.643 truchas, una anguila, tres tritones y una rana en el río Catasol, en Melide, han sido absueltos por falta de pruebas. El juez del juzgado de lo Penal número cuatro de A Coruña considera que no tiene base suficiente para atribuir a M.R.R. y J.V.G. el delito contra los recursos naturales y el medio ambiente que les atribuía el ministerio fiscal.

La prueba fundamental de la acusación era un informe elaborado por el Laboratorio de Medio Ambiente de Galicia en base a las muestras tomadas en el río Catasol por los agentes forestales después del vertido. Este documento no fue aceptado por el juez porque las personas que lo firman —el jefe de sección de Calidad y una técnico superior especialista— no comparecieron en el juicio.

El ministerio fiscal pedía para cada acusado un año de prisión, multa de diez meses con una cuota diaria de 12 euros y una indemnización conjunta de 22.608 euros para la Consellería de Medio Ambiente. La defensa pedía la libre absolución de ambos acusados.

Los hechos juzgados fueron denunciados por un agente forestal el día 11 de septiembre de 2007, tras detectar un vertido de purines en el río Catasol y comprobar que procedía de la explotación porcina Porcícula Trasmundi S.L. En concreto, de un tubo que salía de una fosa de purines y se encontraba colocado sobre el cierre de la finca, vertiendo una cantidad considerable hacia el exterior.

El fiscal acusó de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente al operario que instaló la bomba de impulsión para trasvasar purín, J.V.G., y al responsable de la explotación que le encargó el trabajo, M.R.R.

J.V.G. admitió que instaló el día 4 de septiembre la citada bomba, unida a una tubería de 50 metros de longitud, que realizó una prueba de funcionamiento y que la dejó apagada. Asegura que trabajó por encargo de M.R.R. y que no volvió a la explotación hasta después de detectarse los vertidos.

Los acusados no han negado los hechos relatados por los agentes forestales. No obstante, el juez considera que no se ha probado debidamente la situación de peligro grave para los recursos naturales.

Este aspecto está especificado en el informe del Laboratorio de Medio Ambiente, que indica que en el momento de tomarse las muestras, tras detectarse el vertido, en el río Catasol la concentración de oxígeno era muy inferior a los 6 miligramos por litro de agua necesarios para garantizar la vida de los peces.

El juez entiende que el documento ha sido elaborado en base a pruebas fiables, es decir, muestras de agua tomadas por los agentes forestales siguiendo todos los requisitos establecidos. No obstante, no admitió el informe como prueba porque no fue ratificado en la vista oral por sus autores, el jefe del servicio de Calidad y una técnico superior especializada.

La fiscala que lleva el caso ya ha presentado una apelación para que los autores del documento sean llamados a declarar y éste pueda ser tenido en cuenta.

La Asociación de Troiteiros do Río Furelos, que estima que el vertido mató más de 4.000 truchas, confía en que los hechos no queden impunes. Admiten que la persona que instaló la bomba actuó por encargo, pero piden responsabilidades al propietario de la explotación.

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