Un violador recurre la condena y el TS dice que tendría que ser superior

La Audiencia de Lugo le impuso once años de cárcel por agresión sexual a una niña de once años
El acusado, el día del juicio
photo_camera El acusado, el día del juicio

Un hombre condenado a once años de cárcel por violar a una niña de once años en un piso de la capital lucense recurrió el fallo ante el Tribunal Supremo, que no solo confirmó la condena, sino que afirma que la pena es "inferior a la mínima que le corresponde".

La Audiencia de Lugo consideró probado que el hombre -íntimo amigo de la familia de la niña- agredió sexualmente a la menor en dos ocasiones, los días 28 y 30 de agosto de 2013. En el primer caso, el acusado estaba en casa de la víctima, con ella y con su hermano, y aprovechó que este último salió a dar una vuelta en bicicleta para quedarse a solas con la menor y violarla. Dos días más tarde, el hombre regresó a la vivienda para realizar una reparación eléctrica y, una vez más, se quedó solo con la niña y la agredió sexualmente. En ambas ocasiones, el acusado le dijo a la víctima que no le contara nada a su progenitora.

La Sala explicó en la sentencia que el relato que realizó en el juicio la menor -que actualmente tiene trece años- resultó "creíble". Además, señaló que existía un dato"objetivo e inequívoco" de que el acusado violó a la niña, refiriéndose a la presencia de semen del acusado en la ropa interior de la pequeña. En este sentido, el abogado de la defensa argumentó en la vista que el hombre mantenía relaciones sexuales con la madre de la niña, pero el Tribunal considera que esa explicación "no es de recibo" y que tampoco explicaría cómo podrían haber llegado los restos biológicos del hombre a las prendas de la menor.

Con estas pruebas, el Tribunal le impuso once años de prisión y el letrado de la defensa recurrió el fallo, alegando que había contradicciones en las fechas y que la menor no presentaba lesiones ni desgarros en los genitales. Además, argumentó que se había aplicado de forma "indebida" el Código Penal y que la pena tendría que ser de cinco a diez años.

El TS no aceptó ninguno de los motivos del recurso, pero además, expone que el hombre fue condenado por agresión sexual continuada a menor de trece años sin que mediara violencia, cuando en realidad hubo "forcejeo", por lo que la pena tendría que ser de doce a quince años. Así, la pena que le impusieron "es inferior a la mínima que le corresponde a la conducta tipificada". Sin embargo, como ninguna de las partes la recurrió y perjudicaría al reo, el TS no puede modificarla. El Tribunal califica además como "nimia" la indemnización de 5.000 euros que el hombre le tiene que pagar a la menor en concepto de daños morales. La condena ya es firme.