El TSXG tumba recursos de 13 millones por no poder construir en Barreiros

Las tres urbanizaciones de San Miguel y Santiago de Reinante habrían supuesto la construcción de 175 viviendas 

Urbanizaciones diseminadas por la costa de San Miguel de Reinante. AEP
photo_camera Urbanizaciones diseminadas por la costa de San Miguel de Reinante. AEP

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) anuló dos reclamaciones de la empresa Enfoscadora Gallega y otra de Promoelja que pretendían que la Xunta las indemnizase por no haber podido construir tres urbanizaciones en San Miguel y Santiago de Reinante para las que disponían de licencia concedida por el gobierno local de Barreiros.

Esta demanda ya la habían perdido en primera instancia y ahora se la rechaza también el TSXG, que parece marcar un camino a otras reclamaciones todavía en marcha. En estos casos concretos las reclamaciones se centraban en dos urbanizaciones de Enfoscadora Gallega, de 36 y 68 viviendas en Reinante, por las que pedía algo más de 5 millones de euros, y en otra de Promoelja en Reinante por la que reclamaba 8,55 millones de euros.

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Los argumentos del alto tribunal gallego para no atender las reclamaciones de las dos promotoras son numerosos, variados y coincidentes en algunos puntos. Uno de los apartados más curiosos es que la ponente de la sentencia, la magistrada María Azucena Recio González, echa en cara a las dos firmas que suscribieron un convenio administrativo con la Xunta en el que "entre otras cláusulas se renunciaba al derecho de acciones en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración". Se trata del famoso convenio urbanístico firmado entre diversas promotoras, la Xunta y el Concello.

En los tres casos se establece que las reclamaciones patrimoniales fueron presentadas fuera de plazo y también se indica que no existe relación entre la suspensión de la normativa urbanística vigente en el municipio de Barreiros y las pérdidas económicas.

Pero a partir de estas cuestiones coincidentes el TSXG sí analiza cada caso de forma concreta y en el de una de las urbanizaciones, de Enfoscadora Gallega, el texto es muy elocuente al afirmar que "después de analizar el procedimiento de otorgamiento de la licencia afirmamos que ha existido cierta condescendencia en la concesión del permiso para ir salvando las deficiencias y omisiones, otorgándose aún con el parecer contrario de la secretaria municipal y refiriendo la apariencia de buen derecho".

Se añaden algunas carencias esgrimidas en la Xunta en su momento como que "la clasificación del terreno aplicada por el Concello carece de fundamento" o que la determinación como suelo urbano consolidado no es posible, supera el índice de edificabilidad establecido.

Promoelja es la empresa que solicitó una mayor indemnización por los perjuicios económicos importantes derivados de la actuación de la Xunta durante el gobierno del bipartito que cifran concretamente de 8.549.095 euros por una edificación para uso residencial de 71 viviendas en Reinante.

El TSXG establece que en este caso dejaron prescribir el plazo para el derecho a presentar cualquier demanda y entiende que la vía de reclamaciones de responsabilidad patrimonial no es la correcta. Pero además el Alto Tribunal gallego cree que la empresa dispuso de tiempo suficiente para ejecutar las obras cuya licencia le había sido concedida y de nuevo insiste en que Promoelja también se había comprometido a no demandar a la Xunta al firmar el convenio urbanístico. Las dos firmas pueden recurrir al Supremo.

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