El TSXG considera nula la licencia para abrir la gasolinera de Carrefour

El fallo no es firme, ya que tanto el Ayuntamiento como Carrefour pueden presentar un recurso de casación ante el Supremo

La estación de servicio de Carrefour. XESÚS PONTE
photo_camera La estación de servicio de Carrefour. XESÚS PONTE

Una sentencia de la sala de lo contencioso administrativo del TSXG considera nula la licencia de obra y actividad concedida por el Ayuntamiento de Lugo a Carrefour para construir una gasolinera en el aparcamiento de su hipermercado en Lugo.

La licencia fue concedida por el Ayuntamiento en 2014, tras recibir informes favorables de la Confederación Hidrográfica y de la Consellería de Medio Ambiente, que debieron pronunciarse debido a la proximidad de la instalación al río Miño. Sin embargo, el alto tribunal gallego considera que la instalación no cumple normativas urbanísticas de la ciudad, sin entrar en aspectos ambientales.

Gran parte del debate sobre la legalidad de la gasolinera se centró en establecer si esta suponía o no una construcción nueva. Pese a las discrepancias entre los peritos que emitieron informes, el TSXG entiende que se hizo un edificación nueva para encajar la gasolinera en el centro comercial y que, por tanto, se incumplieron normas urbanísticas de la ciudad.

En un fallo que sigue la línea argumental de una sentencia previa sobre la gasolinera de Carrefour en A Coruña, la sala acaba por concluir que todas las obras realizadas suponen una edificación y no solo un cambio de uso del aparcamiento del centro comercial.

El tribunal no acepta tampoco que se apele a las normas aprobadas por el Gobierno para facilitar la apertura de empresas o de centros comerciales, ya que dice que esa normas de estímulo a la economía no pueden suponer en absoluto el incumplimiento de normas sectoriales y urbanísticas.

Sostiene que hay un incumplimiento en el hecho de que los tanques de combustible de la estación de servicio se encuentren en el interior del edificio, más allá de que esos depósitos se encuentren enterrados o estén simplemente envueltos en tierra.

El fallo no es firme, ya que tanto el Ayuntamiento como Carrefour pueden presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero ratifica lo que ya fue sentenciado en el año 2017 por un juzgado de Lugo.

El recurso contra la gasolinera del centro comercial fue presentado por el titular de una estación de servicio situada en el mismo punto kilométrico de la N-VI, en el otro lado de la vía, un empresario que ahora baraja solicitar la paralización de la actividad en los surtidores del centro comercial, con el argumento de que un accidente en ese lugar podría tener consecuencias graves.

Comentarios