El TSXG anula una tasa que Lugo cobraba a operadoras

Dice que solo deben pagarla las propietarias de la red, no las usuarias

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nulo un artículo de la Ordenaza Fiscal 152 de Lugo de Tributos y Precios Públicos, por el que el Concello cobraba una tasa a las diferentes operadoras de comunicaciones que utilizaban los cables tendidos bajo el suelo o en las fachadas para transmitir su señal. El alto tribunal le recuerda que puede cobrar por aprovechamiento de vía pública a las empresas que hayan tendido el cable o la infraestructura en cuestión, pero no a las que la usen para enviar su señal.

La sentencia deriva de una cuestión de ilegalidad que fue planteada por Orange Espagne, al considerar que tasa vulneraba las directrices de la Unión Europea. El Concello cobraba una tasa del 1,5% de los ingresos brutos que la operadora obtenía en Lugo, y lo hacía tanto si se trataba de las titulares de las correspondientes redes como si eran empresas que solo las alquilaban para suministrar sus servicios.

La sala de lo Contencioso del TSXG le recuerda en su sentencia al Concello de Lugo que los propios tribunales de la UE ya se han pronunciado al respecto, y que han determinado que esas tasas por la utilización de dominio público local solo se le pueden cobrar a las empresas que son las propietarias de las redes desplegadas en la ciudad, pero no a los operadores que hayan adquirido a las propietarias derechos de uso, de acceso o de interconexión con estas redes. Por ello, declara nula la tasa cobrada por el Concello.

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