El Supremo confirma la ilegalidad de las multas captadas por el sistema fotorrojo de los semáforos

El Supremo confirma la ilegalidad de las multas captadas por el sistema fotorrojo de los semáforos

Sistema de fotorrojo en la Ronda da Muralla. SEBAS SENANDE
photo_camera Sistema de fotorrojo en la Ronda da Muralla. SEBAS SENANDE

La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de la imagen captada por un dispositivo fotorrojo.

En concreto, la Sala no admite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja, en Valencia, contra una sentencia de 9 de noviembre de 2014 que decretaba la nulidad de las sanciones de 200 euros y detracción de 4 puntos impuestas por este municipio a un automovilista que supuestamente rebasó un semáforo en rojo. Además, al condenado se le imponían unas costas de 2.000 euros.

El ayuntamiento recurrió la sentencia al considerar que la decisión judicial era "errónea y gravemente dañosa para el interés general" y le pidió que declarase que "los dispositivos conocidos como fotorrojos no están sometidos al control metrológico del Estado por no existir directivas o reglamentos comunitarios ni normativa española que impongan o exijan dicho control metrológico del Estado".

Sin embargo, el TS inadmite ahora este recurso al no considerar errónea la doctrina plasmada en la sentencia, que declara que "el dispositivo fotorrojo" empleado por la administración realizaba medición lumínica y a pesar de "no estar sujeto a control metrológico".

El mismo sistema había sido instalado en la Ronda da Muralla en Lugo y había creado gran controversia. Mientras a algunos conductores les habían denegado el recurso y tuvieron que pagar la multa correspondiente, en otros casos los jueces habían dictaminado, al igual que ahora el Tribunal Supremo, que la infracción no era válida.

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) señala que esta decisión del TS "reitera lo que ya dijo en noviembre de 2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por el sistema fotorrojo, en contestación a otro recurso planteado por el Ayuntamiento de San Sebastián que, además, fue el motivo por el que desde entonces el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de captación de imágenes de dudosa legalidad.

CIENTOS DE SENTENCIAS. La asociación indica que ya hace casi una década que denunciaron por primera vez "la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes", una situación que, según apuntan, corroboran distintos juzgados y tribunales de España que han anulando sanciones impuestas por distintos consistorios en este sentido.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha señalado que las resoluciones judiciales que han anulado las sanciones de 200 euros y 4 puntos, impuestas por los ayuntamientos, superan ya el centenar. "Es un sistema que, ni garantiza la seguridad vial, ni la seguridad juridica y la presunción de inocencia de los ciudadanos", ha denunciado Arnaldo.

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