Roba la pensión de orfandad a su hija y pelea por su custodia hasta el Supremo

El juzgado de primera instancia le retiró la patria potestad de la menor, la Audiencia de Lugo confirmó el fallo y el progenitor recurrió ante el TS, que también se la deniega por su conducta
Sede del Tribunal Supremo. AEP
photo_camera Sede del Tribunal Supremo. AEP

Se desentendió de su hija menor, se apropió de su pensión de orfandad y un juez le acabó retirando la patria potestad de la niña. Sin embargo, aunque ni le pagó los alimentos durante años, ni cumplió el régimen de visitas, el hombre se empeñó en recuperar la custodia de la menor y llegó incluso hasta el Supremo, que acaba de zanjar la batalla en los tribunales rechazando el recurso del padre y dejando a la niña con su familia materna, que siempre se ha encargado de cuidarla.

Tal y como se recoge en las sentencias de los distintos órganos judiciales, el hombre fue condenado por apropiarse de más de 35.000 euros de la pensión de orfandad de la niña -que desde que perdió a su progenitora, con tres años, residió con su abuela materna- y también por impago de la pensión alimenticia. Además, incumplió de forma reiterada el régimen de visitas que tenía concedido.

El juez de primera instancia señaló que la conducta del padre reflejaba "su indiferencia por lograr el bienestar integral de la niña" y recalcó además la «especial vulnerabilidad" de la menor, ya que dependía de su abuela, que era "una pensionista con escasos ingresos". El magistrado alegó además que "ampoco existía una relación afectiva entre padre e hija que la beneficiara y que permitiera el desarrollo de su personalidad y su formación integral". De hecho, explicó que la niña, cuando tenía 12 años, manifestó que "no se sentía querida por su padre, quien llegó a pegarle y a insultarla, y que consideraba adecuado que se le retirara la patria potestad, pues desde que dejara de verlo se encontraba mucho mejor y había mejorado su rendimiento académico, ya que recibía de su familia materna todo el apoyo y el amparo que necesitaba". Tal y como quedó recogido en el fallo, la exploración de la menor demostró "la madurez" de la niña, "sin que se apreciara ningún atisbo de que hubiera sido manipulada por la familia materna".

El padre alegó que todo lo que hizo no fue "tan grave"

RECURSOS. Por todo ello, el juez de Primera Instancia dictó sentencia y le retiró al padre la patria potestad de su hija, pero el hombre presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial al considerar que tal decisión no era beneficiosa para la niña. El hombre culpaba además a la abuela materna de mantener una "oposición frontal" para entregarle a la niña los fines de semana en los que le correspondía llevársela.

La Audiencia lucense analizó el caso y desmontó los argumentos del hombre, por lo que desestimó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que le retiraba la patria potestad. Además, lo condenó a pagar las costas del recurso.

Aun así, el hombre no cesó en su empeño y llevó el caso ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, argumentando que "no se habían valorado correctamente los hechos" e insistiendo en que apartarlo de la menor no era beneficioso para ella. El TS volvió a analizar el caso, pero también rechaza el recurso y además le impone al recurrente el pago de las costas.