Las renuncias a herencias aumentan en Lugo el 42% debido a sus gravosas cargas

Los repudios ascendieron en la provincia en 2017 a 374, un centenar más que el año anterior y casi cinco veces más que hace una década, debido a las hipotecas de los inmuebles heredados y al elevado impuesto de sucesiones

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Las herencias a veces son caramelos envenados. Las cargas que acompañan a los bienes a recibir son más gravosas que el valor de estos, además de ser en ocasiones la espoleta que detona litigios y distanciamientos entre familiares. Eso aboca a los beneficiarios a repudiar esa sucesión.

En 2017, último año completo del que se dispone actualmente de datos, se registraron 374 renuncias a herencias en la provincia de Lugo, según apunta el Colegio Notarial de Galicia, lo que supone el 42% más que el ejercicio anterior y casi quintuplica las cifras de una década antes —84 en 2007—, cuando los lucenses aún no padecían los efectos de la recesión económica.

En Galicia, según informa este órgano colegial, se produjeron en 2017 casi siete renuncias diarias de media, 2.537 en total, unas 2.000 más que si se echa la vista atrás diez años.

La explicación a tanta renuncia es, por una parte, la letra pequeña que llevan aparejados los bienes a recibir, sobre todo en el caso de inmuebles hipotecados, y, por otra, la condición del beneficiario. Padres, parejas e hijos tienen bonificaciones, pero en el caso de tíos, sobrinos y demás familia o allegados la alta fiscalidad en Galicia obliga a dar un paso atrás a más de un sucesor.

En las notarías también aprecian que hay sucesores que renuncian para que se puedan beneficiar otros familiares

El impuesto de sucesiones es estatal, pero las comunidades autónomas pueden aplicar bonificaciones fiscales. Se da así un escenario tributario desigual. Por ejemplo, un hijo que hereda bienes por valor de 800.000 euros en total, en Galicia tendría que abonar en torno a 15.000 euros; en Andalucía y Canarias prácticamente nada y en Aragón más de 150.000. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha advertido a España de que tiene que armonizar la tasa.

La exención fiscal aplicada por la Xunta desde 2016 para padres, hijos y cónyuges en herencias inferiores a 400.000 euros ha triplicado la redacción de testamentos en vida, pero no ha frenado las renuncias. En las notarías aprecian un tercer motivo, hay herederos que delegan en otros familiares con el fin de que estos se puedan beneficiar del reparto.

¿QUÉ HACER? Los especialistas aconsejan a los sucesores que de entrada, aunque las cargas sean gravosas, no renuncien y que negocien. Advierten de que esas a veces se suelen reducir porque los acreedores abaratan sus pretensiones porque prefieren al menos cobrar algo a no embolsarse nada.

Si el asignatario se quiere desentender de una herencia, lo que tiene que hacer es acudir a una notaría. Una renuncia simple, que va acompañada de un certificado de defunción y de las últimas voluntades, cuesta en torno a los 60 euros. Precio que aumentará en función del número de folios que contenga el documento y del de copias.

Cuando el sucesor renuncia, se buscan otros beneficiarios. Si estos tampoco aceptasen o si no los hubiese, el patrimonio pasaría a manos de la Xunta, que tendría que ponerse de acuerdo con los acreedores. Saldadas esas cuentas, lo sobrante iría entonces a beneficio de inventario de la administración .

Una comunidad de propietarios afectada
Los herederos suelen renunciar por las gravosas cargas (hipotecas, fiscalidad...) que acompañan al pastel. Pero estos no suelen ser los únicos perjudicados. Hay daños colaterales. Ese el caso, y no es el único, de una comunidad de propietarios de Lugo que ha puesto el asunto en manos del juzgado. Un hijo disfruta del piso de su padre difunto, que en los últimos años ha ido acumulando una deuda de más de 16.000 euros porque no ha hecho frente a las derramas, ni a las cuotas de la comunidad.

En medio de la nada
La comunidad ha exigido en el juzgado el abono de esa deuda, que recae en el dueño difunto, porque el sucesor no ha aceptado el legado, ya que la hipoteca es más elevada que el valor del propio inmueble, ni ha renunciado a él. La afectada tampoco puede ir contra la entidad financiera con la que tiene contraído el préstamo debido a que aún no ha solicitado la ejecución hipotecaria. Hay bancos que se desentienden porque prefieren no cobrar a afrontar la deuda acumulada.

 

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