Una madre denuncia a un padre porque sus hijos chocaron en un parque y pierde

Los menores circulaban en patinete, se cruzaron de repente y uno se cayó por un terraplén. La progenitora del herido llevó el caso a los tribunales, pero el juez concluye que fue "un lance del juego" incluido "en los riesgos ordinarios de la vida"
Varios niños jugando el año pasado en un parque de la capital lucense. AEP
photo_camera Varios niños jugando el año pasado en un parque de la capital lucense. AEP

La madre de un menor lucense denunció al padre de otro niño porque los pequeños chocaron en un parque cuando iban cada uno en su patinete y su hijo resultó herido. El menor sufrió lesiones leves, pero la progenitora reclamó una indemnización, que finalmente no cobrará, ya que el juzgado de Primera Instancia número 3 de Lugo desestimó su demanda.

El magistrado concluye que el accidente fue “un lance del juego” y que este tipo de sucesos forman parte de “los riesgos ordinarios de la vida”. La demandante recurrió el fallo ante la Audiencia Provincial de Lugo, que tampoco le dio la razón.

Según quedó recogido en el fallo, el accidente se produjo cuando los dos menores, de 13 años, iban en patinete por la explanada de un parque de la capital, “circulando a la par”. En un momento dado, sus trayectorias se cruzaron y uno de los menores se cayó por un terraplén cercano. “Los padres -explica el juez- estaban en las inmediaciones y habían impartido instrucciones a los menores para que no hiciesen carreras".

En consecuencia, no se detecta cuál es la culpa o negligencia del padre del menor demandado, ya que el juego era en una zona habilitada, y se trata de menores con una edad suficiente para el manejo de tales vehículos, por lo que la colisión es un lance del juego y por tanto esta incursa en los riesgos ordinarios de la vida”.

El magistrado apunta que el choque entre los dos niños en el parque constituye “un acontecimiento difícil de evitar, salvo que privásemos a los menores de cualquier posibilidad de esparcimiento, lo que dificulta su evitación”. Así, tanto el juez de Primera Instancia como la Audiencia Provincial absuelven al demandado. En este caso representaba al hombre la compañía con la que tenía contratado un seguro. El juzgado condenó a la madre que puso la demanda a pagar las costas, pero la Audiencia retira esta obligación y no impone condena en costas.

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