Un lucense es condenado a 9 meses de prisión por golpear a su pareja y romperle una costilla

El agresor tampoco podrá comunicarse ni acercarse a menos de 200 metros de ella durante dos años
Juzgados de Lugo. AEP
photo_camera Juzgados de Lugo. AEP

El juzgado de lo Penal número 1 de Lugo impuso una condena de nueve meses de prisión a un hombre acusado de agredir a su pareja en su domicilio, sito en la capital. La sentencia considera probado que el 8 de febrero de 2018, sobre las doce de la mañana, el hombre discutió con su compañera sentimental en el interior de su domicilio, donde la agarró por los pelos y le propinó dos bofetadas en la cara. Además, le dio una patada en un costado, por lo que la mujer sufrió varias contusiones y acabó con una costilla rota, teniendo que recibir asistencia médica.

El acusado negó los hechos y recurrió la condena ante la Audiencia Provincial de Lugo, al considerar que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, el tribunal explica que la versión de la víctima "goza de suficiente corroboración en el informe de lesiones acreditativo de que sufría esquimosis recientes y compatibles con lo que ella manifestaba".

Además, según recoge el fallo del tribunal, el acusado "no solo no dio una explicación suficiente frente a ello, sino que incluso incurrió en una clara contradicción con el testimonio de su propia madre respecto a como pudieron producirse esas lesiones, al relatar que la denunciante podría haber sido agredida por unas personas cuando sacó los perros ese día, mientras que la progenitora afirmó que los perros no los había sacado ese día la chica, sino ella misma".

Con todo esto, la Audiencia lucense considera que existen pruebas suficientes para condenar al hombre, por lo que confirmó la pena impuesta por el juzgado de lo Penal número 1. Además de los nueve meses de prisión, el acusado fue condenado a indemnizar a la víctima en la cantidad de 600 euros –por las lesiones que le provocó– y al Servizo Galego de Saúde en otros 442 euros, por la asistencia médica prestada a la mujer.

El agresor tampoco podrá aproximarse a menos de 200 metros de la víctima ni comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años.