La lentitud de la Justicia permite rebajar 22 años de cárcel al dueño del Eros, que aceptó 3 y medio

El fiscal le aplicó la atenuante de dilaciones indebidas porque el caso, derivado de la Carioca, tardó doce años en llegar a juicio
El acusado, Marcos Grandío Astariz, a la salida de la Audiencia Provincial de Lugo. PALLÓN
photo_camera El acusado, Marcos Grandío Astariz, a la salida de la Audiencia Provincial de Lugo. PALLÓN

Entró en la Audiencia Provincia de Lugo poco antes de las diez de la mañana con una petición de 26 años de cárcel a sus espaldas y salió apenas media hora más tarde con una condena total de tres años y medio de prisión por ocho delitos. El que fuera propietario del club de alterne Eros, Marcos Grandío Ascariz, aprovechó la lentitud de la Justicia para pactar con la Fiscalía una rebaja de 22 años de prisión —por dilaciones indebidas— y pagar así con 42 meses de cárcel el calvario al que se vieron sometidas las mujeres que trabajaron en su prostíbulo.

Además, el abogado de la defensa, José López Riopedre, solicitó la suspensión de condena para que el acusado ya no tenga que ingresar en un centro penitenciario. "Ya estuvo 19 meses en prisión provisional y ya ha sufrido suficiente pena durante la instrucción de la causa. Todo esto viene originado de la macrocausa Carioca, por lo que estamos hablando de hace doce años, así que es lógico que se le haya aplicado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Y es que Justicia, si es lenta, deja de ser Justicia", declaró.

El abogado del proxeneta pide que se computen los 19 meses que estuvo en prisión preventiva y se suspenda la pena

El letrado se mostró "confiado" y espera que el tribunal le conceda la suspensión. "Nosotros pedimos que se aplique el artículo 76 del Código Penal, en el sentido de que no se le impongan los 42 meses de prisión a los que ha sido condenado, sino 18, ya que este artículo establece que no se puede cumplir más del triple de la pena mayor, y aquí la pena mayor de las que se le impusieron es de 6 meses de cárcel", explicó.

Sobre los términos del acuerdo, López Riopedre afirmó que se "meditaron y sopesaron" las ventajas e inconvenientes de alcanzar una conformidad. "Teníamos el tema muy enfocado a nuestro favor en cuanto al fondo de asunto, pero en esta vida hay que ser pragmáticos", dijo, "y el mayor beneficio ahora para el acusado es pasar página y rehacer su vida".

Es lógico que se le haya aplicado una atenuante muy cualificada. Y es que la Justicia, si es lenta, deja de ser Justicia

HECHOS. El acusado reconoció este miércoles ante la sala el relato de hechos realizado por el ministerio fiscal. Tal y como se recoge en el escrito de acusación, Marcos Grandío Ascariz compró el Eros en febrero de 2004 por un precio de 226.800.000 pesetas (1.363.095 euros), para dedicarlo a la explotación de la prostitución. Con ese objetivo, buscaba mujeres en Venezuela, a las que les pagaba el billete y les daba dinero para entrar en España, "justificando de este modo su suficiencia económica durante el periodo de estancia".

El proxeneta se aprovechaba de la "precaria situación económica, personal y familiar" de las chicas y les ofrecía la posibilidad de ejercer la prostitución en su club a cambio de un pago de entre 1.800 y 2.800 euros. Una vez en España, el acusado les decía que, mientras no pagaran la deuda, tenían que vivir en el club y no podían salir solas, sino únicamente acompañadas por él o por su mujer.

Según quedó recogido en el escrito de acusación de la Fiscalía lucense, las mujeres solamente podían salir del establecimiento para cosas puntuales, como ir a la farmacia, y ejercían la prostitución en unas condiciones "extremadamente duras". Según las normas del club, tenían que bajar al salón a las seis de la tarde y que- darse hasta las cinco de la madrugada —un horario que se ampliaba viernes, sábado y domingo— y solamente podían descansar un día a la semana. Además, el acusado fijaba un precio mínimo para el pase de media hora de 53 euros, de los que las mujeres tenían que entregarle 40, por lo que solo ganaban trece euros.

Las chicas "carecían de cualquier derecho inherente a su actividad laboral", ya que no tenían contrato de trabajo ni seguro médico, y se regían por una serie de "normas no escritas" por las que el acusado les imponía multas si llegaban tarde a trabajar o si no entregaban justificante médico cuando no podían ejercer la prostitución por enfermedad.

El 16 de octubre de 2009, el juzgado de Instrucción número 1 acordó la entrada y registro en el Club Eros y en el domicilio del acusado, así como en sus anexos y vehículos. En uno de los coches, los investigadores encontraron una pistola detonadora con cargador, de calibre 8 milímetros, marca Blow, y otra pistola detonadora transformada al calibre 6,35 milímetros, así como trece cartuchos. Tanto las armas como la munición se encontraban "en estado de funcionamiento eficaz". Cuatro días después del registro, la jueza de Instrucción 1 acordó prisión provisional para el acusado.

Por todos estos hechos, Marcos Grandío Ascariz fue acusado de un delito continuado de inmigración ilegal, tres de prostitución coactiva, otros tres contra los derechos de los trabajadores y uno de tenencia ilícita de armas.

Desembolso ► 4.050 euros de multa y 6.000 de indemnizaciones
Además de las penas de prisión, el acusado tendrá que abonar una multa total que asciende a 4.005 euros: 900 por un delito continuado de inmigración ilegal, 2.250 por tres delitos de prostitución coactiva, y otros 900 euros por tres delitos contra los derechos de los trabajadores. Marcos Grandío Ascariz también pactó con el ministerio público la cuantía de la indemnización para las seis víctimas que figuran en el escrito de acusación, que quedó fijada en 1.500 euros para dos mujeres y 1.000 euros para las otras tres, sumando así un total de 6.000 euros. Inicialmente, el ministerio público solicitaba un total de 18.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

CINCO DÍA DE JUICIO. El acuerdo ratificado este miércoles entre las partes evitó que tuviera que celebrarse un juicio que se preveía largo. De hecho, la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Lugo estaba reservada para este caso los días 11, 12, 13, 16 y 18 del presente mes.