Aplazadas hasta julio las declaraciones de los responsables del INE

La Audiencia rechazó en el Pokemon la recusación admitida en el Garañón

En ambos casos, la jueza Pilar de Lara se había negado a admitir a trámite las solicitudes. Los abogados del grupo Vendex han llevado el asunto al Tribunal Constitucional ►Aplazadas hasta julio las declaraciones de los responsables del INE

El cruce de recusaciones judiciales que se ha producido en el caso Garañón, y que mantiene la instrucción bloqueada, tuvo su epílogo en el intento de recusación a la jueza Pilar de Lara por parte del grupo Vendex en el caso Pokemon. La diferencia es que en aquella ocasión la Audiencia Provincial confirmó la decisión de la jueza Pilar de Lara de no admitirla a trámite, mientras que en el Garañón la ha obligado a tramitarla.

La parte central del caso Pokemon aún no ha sido enviada a la Audiencia Nacional, pese a que se tomó la decisión en octubre

Como informó este diario en su edición de ayer, el cruce de recusaciones ha creado una maraña jurídica, ya que no solo se ha de tramitar la petición de José Ramón Gómez Besteiro para que De Lara sea apartada del caso Garañón, sino la presentada por la Asociación de Defensa del Parque contra tres de los cuatro magistrados de la sección Penal de la Audiencia por su supuesta animadversión contra la propia magistrada.

Esta había rechazado en su momento dar trámite a la solicitud presentada por Besteiro, alegando «su extemporaneidad -presentada fuera de los plazos procesales previstos- y por su carácter manifiestamente infundado y abusivo». Sin embargo, esta decisión fue recurrida ante la sala Penal de la Audiencia, que anuló la decisión de la jueza por dos motivos: consideró que no era extemporánea porque partía de una decisión tomada dentro de los diez días anteriores a su presentación y, por otro lado, destacó que la posibilidad de que un juez rechace su propia recusación solo debe hacerse de manera excepcional, «ya que esta valoración, salvo en casos muy determinados, ha de efectuarse por un órgano diferente a aquel a quien se dirige la recusación».

Sin embargo, apenas un mes antes, la misma sala resolvió en sentido contrario la petición de recusación que había sido presentada por el grupo Vendex en el caso Pokemon. Una de las diferencias fundamentales radica en esta ocasión si se entendió que la solicitud era extemporánea, al estar fuera de los plazos legales.

Sin embargo, y sin hacer referencia a la «excepcionalidad» de que un órgano decida sobre su propia recusación, la Audiencia consideró que no puede apartarse a un juez instructor de una causa «en base a razones únicamente procesales, por la forma de llevar a cabo la instrucción». Según argumentaba, eso no es indicio de que exista por parte del instructor un interés personal directo o indirecto en la causa.

No obstante, al intrincado recorrido jurídico de las dos recusaciones del caso Garañón habrá que añadir también el la del caso Pokemon, puesto que el abogado de Vendex, José Luis Sanz Arribas, ha presentado ante el Tribunal Constitucional demanda de amparo por este asunto.

POKEMON. Por lo que respecta al caso Pokemon, en el que se investigan irregularidades en contratas públicas por administraciones de todo el país, se sigue a la espera de que la jueza Pilar de Lara envíe el grueso de la instrucción a la Audiencia Nacional. Fue la propia magistrada la que, en un auto de octubre pasado, comunicó su intención de enviarlo a la Audiencia Nacional, dado que se investigaban supuestos delitos en muchas partes de España, pero todavía mantiene bajo su dirección la causa e incluso ha seguido realizando diversas actuaciones.

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