Fue cuatro veces al Hula con el tobillo roto y siempre le diagnosticaron un esguince

Un juzgado de Lugo condena a la Consellería de Sanidade a indemnizar con 31.000 euros a la paciente, que además tuvo que esperar un año a ser operada
Ambulancias a las puertas del servicio de urgencias del Hula. XESÚS PONTE
photo_camera La paciente fue atendida tres veces en el servicio de urgencias del Hula y otra en consultas externas. XESÚS PONTE

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo condenó a la Consellería de Sanidade a indemnizar con 31.000 euros a una paciente, que en tres meses acudió cuatro veces al Hula con el tobillo roto y siempre le diagnosticaron que sufría un esguince leve.

El caso se remonta a hace ya seis años. Una sexagenaria, que se dedicaba a las labores del campo, acudió el 11 de noviembre de 2015 a Urgencias del Hula aquejada de un fuerte dolor en el talón, tras sufrir una caída. En la radiografía que le hacen se aprecia "posible arrancamiento de ligamento lateral", sin embargo la médico que la atiende diagnostica un esguince y la manda para casa con un vendaje y analgésicos, en vez de encargar un TAC o una resonancia magnética para comprobar el alcance de la lesión.

Un mes y medio después la paciente vuelve a Urgencias porque no remite el dolor. Esta vez le recetan una media de compresión, hielo y analgésicos.

Entres meses acudió cuatro veces al Hula y los facultativos que la atendieron no revisaron el diagnóstico inicial de esguince leve

Al mes siguiente regresa por tercera vez al hospital. La facultativa que le atiende le diagnostica otra vez un esguince, pese a que ya precisa de un bastón para caminar. Le pauta rehabilitación y analgésicos.

A finales de enero de 2016 acude a una revisión al servicio de Traumatología en consultas externas. El médico le da el alta y le dice que tiene que seguir con la rehabilitación.

El 24 de febrero, tres meses y medio después de sufrir la lesión, la facultativa de Rehabilitación al ver que no evoluciona encarga una resonancia, que le hacen en abril, en la que se aprecia la rotura del calcáneo.

La jueza considera que tendrían que haberle realizado unas pruebas complementarias a raíz del resultado de la radiografía inicial

La ponen entonces en lista de espera para ser operada. Pero esa intervención quirúrgica no se realiza hasta un año después, en junio de 2017. Le tienen que fijar la articulación y, como consecuencia de esa secuela, a la paciente le conceden una invalidez permanente.

Incluso el Consello Consultivo de Galicia considera que "está acreditado un retraso en el diagnóstico y en el tratamiento que no se corrigió hasta pasados cinco meses del traumatismo".

La magistrada del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo considera que se produjo "una praxis sanitaria defectuosa" porque no se realizaron hasta cinco meses después "las pruebas complementarias" que se deberían llevar a cabo tras los resultados de la radiografía del primer día.

Pérdida de oportunidad, no mala praxis
El letrado de la demandante, José Miguel López Pérez, considera que "la cadena grave de errores que se produce desde el primer momento y de manera sucesiva con la paciente debería ser considerada como una mala praxis médica" y no una pérdida de oportunidad, como resuelve la jueza.

Esos errores "groseros" tienen, a juicio del abogado, "una causalidad directa en los importantes daños causados a la lesionada", que tuvo además que esperar un año a ser operada.