Un empresario lucense acepta dos años de prisión por alzamiento de bienes

El hombre también tendrá que indemnizar con 115.000 euros a la Seguridad Social, que retiró todos los cargos contra su esposa
El acusado en la Audiencia. P.V.
photo_camera El acusado en la Audiencia. P.V.

Un empresario lucense se sentó este miércoles en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Lugo y aceptó una condena de dos años de prisión por un delito de alzamiento de bienes. La acusación particular, ejercida por tesorería de la Seguridad Social, pedía para él una condena de ocho años y nueve meses de cárcel, mientras que la Fiscalía solicitaba el sobreseimiento del caso al considerar que no se había podido acreditar "una defraudación".

El fiscal recogió en su escrito que el acusado tenía una deuda con la Seguridad Social, pero consideró que no había indicios de engaño. "Queda acreditado que existe una deuda pendiente de cumplimiento; crédito que es exigible, pero no constitutivo de delito", explicó. La acusación particular, sin embargo, consideró probado que el acusado creó diversas empresas -todas ellas dedicadas al montaje de rótulos y vallas comerciales- "con ánimo defraudatorio". Así, entre los años 2010 y 2015, el hombre dejó de ingresar multitud de cuotas a la Seguridad Social y realizó varias transferencias de bienes y de actividad entre sus empresas, creando una nueva cada vez que otra acumulaba deudas, "dificultando así que los acreedores pudieran cobrarlas", señaló.

El juicio por estos hechos se iba a celebrar este martes por la mañana en la Audiencia Provincial de Lugo, pero acusación y defensa llegaron a un acuerdo de conformidad. El empresario reconoció los hechos ante el tribunal y las partes fijaron la condena en dos años de prisión y acordaron igualmente el pago de 115.263 euros en concepto de responsabilidad civil. El letrado de la defensa solicitó además que le suspendan la pena, ya que el acusado no tenía antecedentes penales hasta la fecha.

La tesorería de la Seguridad Social acusaba también inicialmente a la esposa del empresario, al considerar que había participado activamente en el alzamiento de bienes y en la creación de un "grupo de empresas opaco" creado "con ánimo defraudatorio".

La acusación particular pedía inicialmente para la mujer las mismas condenas que para su marido: seis años de cárcel por un delito contra la Seguridad Social, otros dos años y medio de prisión por un delito de frustracion en la ejecución del artículo 257.1 del Código Penal (alzamiento de bienes) y tres meses más por otro delito de frustración en la ejecución del artículo 258.2 del mismo precepto legal, además de una multa millonaria, que superaba el séxtuplo de la cantidad defraudada a la administración pública.

Sin embargo, la acusación particular decidió ayer retirar todos los cargos contra la mujer, por lo que fue absuelta.