El juez de Lugo rechazó el pago porque los medios del Sergas son limitados

Fue la respuesta de la primera instancia que resultó denegada por el magistrado

El juez de Lugo que analizó el caso en primera instancia denegó el pago de la indemnización a la familia, pese a reconocer que los especialistas pudieron haber hecho más. La causa, según argumentó en su sentencia, es que "la responsabilidad de la administración en el servicio sanitario no se deriva tanto del resultado causado como de la prestación de los medios razonablemente exigibles... Debe considerarse también que la disposición de medios, que por su propia naturaleza resulta limitada, no es exigible con un carácter ilimitado a la administración que, lógicamente y por la propia naturaleza de las cosas, tiene un presupuesto limitado".

Razonaba de este modo el hecho de que no se le hubieran realizado más pruebas una vez que apareció la lesión pulmonar en la primera radiografía, ya que el hecho de que se le hubiera realizado por otra causa y que no presentara otros síntomas no hacía imperiosa la realización de más pruebas, como un TAC. "El diagnóstico de cáncer de pulmón del marido de la recurrente en octubre o noviembre de 2010 se muestra como algo casual y pasaría a situarse dentro del escaso porcentaje de supuestos extraordinarios en los que esta enfermedad se diagnostica precozmente", escribe el juez en su sentencia. Es decir, "no se ha demostrado que el diagnóstico no solo era posible, sino que era también exigible".

En este sentido, resalta que las dos placas que se le realizaron fueron por razones médicas absolutamente ajenas al propio cáncer, por lo que en ese momento "existirían los medios, pero lo que no existían eran los motivos para ese diagnóstico", ya que no había otros síntomas.