El acoso escolar afecta tres veces más a los niños con diversidad funcional

La abogada lucense Pilar García-Puertas ofrece pautas para reconocer los síntomas: creer al niño, protegerlo, investigar la situación y denunciar en el centro y en la Fiscalía es la recomendación de los expertos
Asistentes a la jornada de Capaces
photo_camera Asistentes a la jornada de Capaces

Es a finales del siglo XX cuando en España se empieza a hablar y a tomar en consideración el problema del acoso escolar, pero este sigue sin abordarse específicamente en el ámbito de los niños y los chavales con diversidad funcional, donde la incidencia es mayor y las consecuencias, generalmente más graves por la vulnerabilidad de muchas de estas víctimas. Un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 2012 señala que la violencia escolar en niños con diversidad funcional es 3,7 veces más frecuente que en el resto de alumnos. En España no hay registros estadísticos.

Es uno de los datos que la abogada lucense Pilar García—Puertas puso sobre la mesa en la jornada que organizó este sábado la asociación Capaces, que agrupa a familias con hijos que padecen trastornos del espectro autista. Junto a la la psicóloga Victoria Barreiro, también especialista en estas patologías, dio pautas para reconocer síntomas de acoso y explicó cómo actuar ante él. Destacaron la importancia de, de primeras, creer lo que cuenta el niño, cuando se atreve a hacerlo, de protegerlo —"un niño que denuncia que le están acosando no puede volver sin más a ese escenario al día siguiente", recalcaron— y de investigarlo y ponerlo en conocimiento del centro y si los hechos tienen entidad, acudir también a la Fiscalía de Menores.

Es un dato de la OMS, ya que en España no hay estadísticas sobre la incidencia de este problema en las aulas

Los niños con diversidad funcional suelen ser más vulnerables porque generalmente el o los acosadores eligen como víctima al diferente y porque esta puede que tenga más dificultad para defenderse e incluso para expresar lo que le sucede. La dificultad de detectar el acoso está en que muchas veces es sutil y se produce en espacios ‘muertos’, como el comedor, la fila, el transporte escolar, el pasillo o el lavabo. Interrumpir el paso, arrinconar, hacer el vacío, exigir que la víctima le haga las tareas o le dé dinero son conductas de acoso más difíciles de detectar por profesores y familias. "Muchas veces se dice que son cosas de niños, pero si son mantenidas en el tiempo hay que tenerlas en consideración", afirmó Barreiro. El acoso se suele llevar a otros espacios, como las actividades extraescolares o de ocio, y con las nuevas tecnologías, incluso a casa.

SEÑALES. El cambio del niño en el patrón habitual de conducta debe ser una señal de alerta, como la irascibilidad, la falta de autocontrol, las respuestas emocionales extremas, las somatizaciones (fingir indisposición, vómitos...), los síntomas depresivos (insomnio, apatía...), el miedo a estar solo e incluso actitudes de culpabilización y autolesión y conductas como coger dinero y objetos de casa para dar a la víctima. Estar alerta a cambios, hablar del día a día, tener un contacto regular con el tutor y dar ejemplos de gestión positiva de conflictos son pautas útiles para las familias.

Entre los 14 y los 18 años rige la ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores



García—Puertas explicó que se suele dar a la comunidad educativa la responsabilidad principal de frenar el acoso, porque se considera que es el mejor escenario, pero a veces no es suficiente. "No llega con la mediación, con vamos a pedir disculpas todos. La víctima no hizo nada y se le está enviando el mensaje contrario. Es doblemente víctima".

Para los casos graves está la respuesta penal. El problema, señaló, es que el Código Penal no recoge el acoso escolar. Sí el laboral e incluso el inmobiliario. "Hay conductas que encajan perfectamente en el ámbito penal, pero tenemos que buscar de prestado artículos que nos encajen en la situación. La normativa es claramente deficitaria. Hay mucho que regular y que aclarar", opina esta abogada. Por ejemplo, la intensidad de los actos que se exige para el acoso escolar a la hora de enjuiciar es superior que para el laboral.

AVANCE. García—Puertas explicó que hubo un gran avance con la instrucción que emitió la Fiscalía General del Estado en 2005, a raíz de la sentencia del caso de Jokin Ceberio, que se suicidó en Hondarribia tras un año de acoso. Fueron condenados ocho menores.

Si el acosador es menor de 14 años, la Fiscalía da cuenta a la autoridad competente —en Galicia, la Xunta—. Si los hechos son graves y la intervención en la comunidad educativa no es suficiente, la Xunta determinará medidas sociales o sanitarias que la ley prevé. Entre los 14 y los 18 años rige la ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores. El fiscal también puede archivar el caso, pero acosador y víctima deben saber que la reiteración de los actos puede reabrirlo inmediatamente.

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