Denunciados dos motoristas que iban juntos por la A-6 a más de 200 kilómetros por hora

El radar de Tráfico los sorprendió a 210 y 219 por hora con tan solo un segundo de diferencia. Ambos son investigados como autores de un sendos delitos contra la seguridad vial por velocidad excesiva y conducción temeraria
Control de velocidad del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Lugo. EP
photo_camera Control de velocidad del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Lugo. EP

Agentes del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Lugo denunciaron a los conductores de dos motocicletas que circulaban por la A-6 a más de 200 kilómetros por hora. Los hechos tuvieron lugar sobre las siete y media de la tarde del pasado 9 de julio en el kilómetro 495,100 de la citada autovía, dentro del término municipal Lugo, donde un cinemómetro de la Guardia Civil captó a una motocicleta que circulaba en dirección A Coruña a 219 kilómetros por hora. Inmediatamente después, "con tan solo un segundo de diferencia", el radar sorprendió a otra moto a 210 kilómetros por hora, a pesar de que la velocidad en ese tramo está limitada a 120. Los agentes abrieron una investigación y lograron identificar a los conductores de las dos motocicletas, que fueron informados "de los derechos que les asisten en calidad de investigados como supuestos autores de delitos contra la seguridad vial, velocidad excesiva y conducción temeraria". 

Estos pilotos fueron sorprendidos en el marco de la campaña de velocidad desarrollaba por la DGT en la semana del 4 al 10 de julio. "Hay que tener precaución y respeto a los umbrales de velocidad establecidos", señalan desde la Benemérita, "al ser la velocidad, excesiva o inadecuada, un factor fundamental que determina la mayor o menor incidencia en la siniestralidad vial, así como la gravedad y el grado de las lesiones de las víctimas en caso de accidente de tráfico". Tal y como afirman, el exceso de velocidad constituye "la causa más común y transversal en la producción de accidentes mortales".

La Guardia Civil recuerda que el exceso de velocidad es la causa más común y transversal en la producción de accidentes mortales

La Guardia Civil recuerda además que el Código Penal, en su artículo 379, "establece que aquel que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor, a una velocidad superior a sesenta kilómetros por hora en vía urbana, o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana, a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de hasta seis meses, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".

En el caso de la conducción temeraria, el Código Penal contempla penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años, si existiera manifiesto desprecio por la vida de los demás, y penas de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el mismo tiempo cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas.