Declarada nula por intereses abusivos una tarjeta revolving de un lucense

El caso fue defendido en los tribunales por la abogada Diana María Otero Mascato, especializada en Derecho Bancario
Maza de un juez. PIXABAY.
photo_camera Maza de un juez. PIXABAY.

Una sentencia judicial declaró nula la tarjeta revolving de un lucense, concertada con Caixabank Consumer, por estar sujeta a un interés abusivo que llegaba al 20,69 por ciento Tae. El caso fue defendido en los tribunales por la abogada Diana María Otero Mascato, especializada en Derecho Bancario y también miembro de la Asociación Española de Abogados de Derecho de Consumo.

Este fallo judicial es relevante dado que, hace unos dos meses, el Tribunal Supremo establecía, a través de otra sentencia, que no eran abusivos unos intereses de otra tarjeta que alcanzaban el 24,5 por ciento Tae. El tribunal justificaba su fallo en que "el interés remuneratorio no era superior al normal del dinero".

En el caso de este joven lucense, que había contratado una tarjeta hace cuatro años con Caixabank Payment Consumer en Media Markt, el tribunal considera que este interés es abusivo porque "en la tabla de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito en 2018 fijaba para ese año valores que oscilaban en torno al 18,72, siendo por lo tanto usurario, por más que nos encontremos ante un crédito revolving, por más que el riesgo de impago sea elevado y por más que sean nulas las garantías ofrecidas en el caso de impago".

El cliente dispuso de más de 3.400 euros y ahora la entidad le devolverá los intereses, así como el seguro y las comisiones impuestas.