Decir a su ex "si te veo con otro te mato" le cuesta 9 meses de cárcel

Se saltó el alejamiento y amenazó a la mujer con "arrastrarla de los pelos por todo Lugo"
Edificio de los juzgados de Lugo. SEBAS SENANDE
photo_camera Edificio de los juzgados de Lugo. SEBAS SENANDE.

El juzgado de lo Penal número 1 de Lugo impuso una condena de nueve meses de prisión a un lucense que se saltó la orden de alejamiento para decirle a su expareja que la iba "a matar" si la veía con otro hombre.

Según quedó recogido en la sentencia, el 17 de mayo de 2017, el Juzgado de Instrucción número 1 le prohibió al hombre acercarse a su expareja o comunicarse con ella por cualquier medio, tanto verbal, como escrito, telefónico, informático o telemático. Ese mismo día, el juzgado le comunicó el auto al acusado, "con el requerimiento y apercibimiento expreso de incurrir en un delito de quebrantamiento de medida cautelar" si vulneraba el alejamiento que establecía la autoridad judicial contra él.

Aun así, "a sabiendas de la prohibición impuesta y con pleno conocimiento de las consecuencias de su contravención", el acusado incumplió la medida cautelar en el mes de septiembre del año 2017. Ese día, cuando su excompañera sentimental caminaba por la calle -en las inmediaciones del centro de salud de A Milagrosa- el acusado se acercó a ella y le dijo: "Como te vea con otro hombre te voy a matar y te voy a arrastrar de los pelos por todo Lugo", razón por lo que tuvo que volver a presentarse ante la Justicia.

Tras esa violenta amenaza, la mujer se asustó y se metió dentro del sanatorio, pero el acusado fue detrás de ella amenazándola. El hombre fue acusado finalmente de delito de amenazas leves en el ámbito de la violencia de género del artículo 171.4.5 del Código Penal, en concurso con el delito de quebrantamiento de medida cautelar del artículo 468.2 del mismo texto legal.

El juzgado de Instrucción número 1 le impuso una condena total de nueve meses de cárcel, pero el hombre presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo. El tribunal analizó el caso y llegó a la conclusión de que había pruebas suficientes para condenarlo, en base a la declaración de la víctima y de otros testigos, que escucharon las amenazas y vieron al acusado entrar en el centro de salud en el que se produjo el incidente, aunque volvió a salir poco después.