De Lara rechaza ser recusada por la filiación política de sus familiares

También niega la "amistad íntima" que Besteiro dice que tiene con una de las partes
Pilar de Lara
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La jueza Pilar de Lara se ha pronunciado en contra de su recusación en el caso Garañón, solicitada por José Ramón Gómez Besteiro. Lo ha hecho en dos informes, que ahora serán remitidos a la Audiencia Provincial junto con los de las demás partes, en los que rechaza todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Besteiro, y en especial los relacionados con la filiación política de su marido y otros familiares. También descarta mantener una amistad intima con la secretaria de la Asociación de Defensa del Parque y secretaria judicial del juzgado de Instrucción 2, que pueda afectar a su imparcialidad.

De Lara responde en sus dos informes a la recusación planteada por el letrado de Besteiro, Cándido Conde Pumpido, y a la posterior ampliación que realizó. En ellas, el abogado pedía que fuera retirada del caso por la supuesta enemistad manifiesta tanto con él mismo -con el que protagonizó un peculiar intercambio de correos electrónicos- como con Besteiro, al que supuestamente trataba de perjudicar políticamente mediante una investigación prospectiva y acomodando sus decisiones en la instrucción a momentos políticos claves. Lo haría, según alegaba el abogado en base a un anónimo que dijo haber recibido en su despacho, para beneficiar al PP, partido al que supuestamente apoyan su marido y un hermano.

También cuestionaban su imparcialidad en base a la presunta "amistad íntima" que le uniría a la secretaria, fundadora de la asociación denunciante y que ejerce la acusación particular.

En el habitual tono de reproches que caracteriza los escritos entre De Lara y Conde Pumpido, la jueza considera que están tratando de nuevo de apartarla del caso por medios espurios, como ya intentaron antes sin éxito, y les recuerda que el TSXG ya rechazó la denuncia contra ella que habían tramitado por presunta prevaricación judicial. Escribe además que la recusación se puede solicitar por enemistad manifiesta con el investigado, pero de ningún modo con el letrado del mismo.

VÍNCULO MATRIMONIAL. Indica que «ni el vínculo matrimonial de esta magistrada ni las relaciones de parentesco con personas que, según el recusante, mantendrían vínculos con el PP» están reflejados como causas de recusación, «como corresponde a una sociedad democrática de Derecho».

Entenderlo de este modo, razona, podría significar «constreñir al más absoluto aislamiento al juzgador», lo mismo que sucedería si se ponen bajo sospecha cualquiera de las relaciones sociales que se pueden establecer con un compañero de trabajo, como es el caso de la secretaria o de algunos abogados. Y más, recalca, en una ciudad tan pequeña como Lugo. Tras repasar el concepto de amistad según Aristóteles o incluso según su origen etimológico latino, concluye que «amistad íntima» es «una relación fraternal muy estrecha, donde se comparte todo y no se albergan secretos». Esta no es, afirma, su relación con la secretaria, por lo que no ve en riesgo su imparcialidad.

Por su parte, la Fiscalía también se opone a la admisión de la ampliación de la recusación contra la jueza, al igual que hizo con la primera.

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