Consumo obliga a R a compensar a un lucense por quitar de su suscripción los partidos de Segunda

Los servicios que contrató el hombre incluían la retransmisión de LaLiga Smartbank, cuyos derechos perdió la operadora poco después
Manu Barreiro celebra el gol conseguido en el partido ante la UD Las Palmas, celebrado el pasado 2 de diciembre. XESÚS PONTE
photo_camera Manu Barreiro celebra el gol conseguido en el partido ante la UD Las Palmas, celebrado el pasado 2 de diciembre. XESÚS PONTE

El Instituto Galego de Consumo ha emitido una resolución por la que la operadora de telecomunicaciones R deberá abonar a un cliente una compensación de 20 euros mensuales durante un año (240 euros en total) por eliminar del servicio contratado la emisión de los partidos de la Segunda División de fútbol (Liga Smartbank).

De ello ha informado la asociación de consumidores Facua Galicia, encargada de gestionar la reclamación por parte del cliente, vecino de Lugo, que había contratado los servicios de la operadora con una oferta que, entre otros servicios, incluía la emisión de los partidos de la categoría de plata del fútbol español.

Sin embargo, explica la asociación, durante los primeros meses del inicio de la competición en la temporada la operadora informó a su cliente que ya no disponía de los derechos de emisión de los partidos de Segunda pero le ofrecía la opción de contratar por 19,99 euros la subscripción a una plataforma (MiTele Plus, propiedad de Mediaset) que acababa de hacerse con el servicio para su distribución en exclusiva de esta competición.

Ante esta situación, el cliente solicitó una compensación a la operadora por valor de los 20 euros mensuales que costaba el paquete de partidos. Tras ser rechazada su petición, acudió a Facua, que tramitó la reclamación ante el Instituto Galego de Consumo.

Finalmente, la entidad encargada del arbitraje ha resuelto que R debe abonar a este cliente los 240 euros como compensación "por incumplimiento contractual, al excluir la prestación del canal de liga".

"A tenor de lo dispuesto en el artículo 1.101 del Código Civil procede la compensación al reclamante en la cantidad de 20 euros al mes durante el plazo de doce meses", señala el laudo arbitral, según recoge el comunicado de la asociación de consumidores.

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