La Audiencia Provincial de Lugo impuso una condena de un año de prisión a un militar acusado de controlar continuamente a su pareja y enseñarle a otros militares mensajes del móvil de la mujer mientras les decía que "andaba zorreando".
Según quedó recogido en la sentencia, la pareja mantuvo una relación sentimental durante cuatro años, de la que nacieron dos hijos. Desde que la mujer se quedó embarazada del segundo niño hasta que finalizó la relación, en el año 2016, el acusado mantuvo una comportamiento "posesivo y celoso". El hombre controlaba constantemente el teléfono de su compañera y la obligaba a enviarle mensajes para decirle dónde se encontraba en cada momento y lo que estaba haciendo. El control que ejercía el acusado sobre su pareja era tan exagerado que tenía controlados los tiempos de todas las tareas que realizaba la mujer y le impedía incluso que tuviera contacto con sus padres. Igualmente, la obligaba a cambiar los turnos de trabajo cuando le tocaba con ciertos compañeros varones.
El juez explica en el fallo que el hombre obligaba a su pareja a dejar siempre el móvil a la vista para poder comprobar en todo momento quién la llamaba y con quién se comunicaba a través de mensajes. Además, el hombre entró en el Whatsapp de su pareja, "vulnerando intencionadamente su intimidad", y leyó varias conversaciones, llegando incluso a mostrárselas a sus compeñeros de trabajo mientras les hacía comentarios despectivos, como que ella "andaba por ahí zorreando".
Inicialmente, el Penal 1 condenó al hombre por un delito de acoso y otro delito contra la intimidad imponiéndole un año de cárcel por cada uno. El acusado recurrió la condena y la Audiencia Provincial lo absolvió del acoso, "ya que solo adquirirán relevancia penal las conductas que limiten la libertad de obrar del sujeto pasivo, sin que el mero sentimiento de temor o molestia sea punible; extremo que la sala estima que no concurre en el presente caso", apunta.
El tribunal confirma sin embargo la condena por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, "al quedar probado que el acusado enseñó a sus compañeros diversos mensajes, enviados o recibidos por la denunciante, que pretendían acreditar que la mujer tenía otra relación de pareja, acompañados en ocasiones de comentarios referidos a que estaba zorreando". Esta exhibición -apuntan los jueces- "integra el tipo penal que protege la intimidad, máxime cuando el hombre no se limitaba a tomar conocimiento de tales mensajes, que no iban dirigidos a él, sino que llevaba a cabo una exhibición pública de los mismos".
Delante de sus hijos. La sentencia explica que el hombre le revisaba el teléfono móvil a su compañera constantemente, tanto en el domicilio familiar como en su lugar de trabajo, algunas veces en presencia de los dos hijos de la pareja, menores de edad.