Dos cobradores de morosos acosan a una empresaria lucense y son multados

Se pusieron delante de su negocio, en San Roque, y le gritaron: "Hai que vir á porta a cobrar; así calquera vive". Fueron condenados a multas de 300 euros.
Imagen de la web de la empresa La funeraria del cobro. EP
photo_camera Imagen de la web de la empresa La funeraria del cobro. EP

El juzgado de Instrucción número 1 de Lugo impuso sendas multas de 300 euros a dos cobradores de morosos por coaccionar a una lucense e impedirle abrir su negocio. Además, tendrán que indemnizarla en la cantidad de 330 euros.

La sentencia considera probado que el 21 de julio de 2020, alrededor de las once y media de la mañana, los acusados acudieron al negocio de la víctima, sito en la Rúa San Roque, y comenzaron a increparla en alta voz con frases como "morosa, paga morosa, hai que vir á porta a cobrar; así calquera vive". Los dos hombres permanecieron alrededor de media hora en el lugar, "con el bochorno que ello le producía y sin que los clientes entraran en el establecimiento", por lo que la víctima acudió a la comisaría de la Policía Nacional de Lugo para denunciar los hechos.

Ese mismo día, ya por la tarde, cuando la denunciante fue a su negocio con intención de abrirlo, los dos acusados se encontraban de nuevo en las inmediaciones del establecimiento, "introducidos en el vehículo en el que se habían presentado por la mañana, rotulado con la inscripción: La Funeraria del Cobro. Al verlos, la mujer decidió no abrir la tienda.

Dos días más tarde, sobre las once de la mañana, los dos hombres se personaron otra vez en el comercio, "comenzando a gritar en la vía pública frases similares a las anteriormente transcritas, por lo que la víctima volvió a cerrar la tienda y a formular la correspondiente denuncia".

Finalmente, los dos hombres fueron condenados por un delito de coacciones y recurrieron el fallo, pero la Audiencia Provincial de Lugo lo confirmó. "La actuación de los denunciados y su actitud resulta claramente expresiva de constituir un delito leve de coacciones, pues con su conducta resulta claro que pretendieron que la denunciante sufriera una minoración en su clientela, que por razones lógicas se hubo de comportar de manera remisa a entrar en el local. Asimismo, la denunciante se vio en la necesidad de cerrar su establecimiento para no seguir sufriendo la actuación de los acusados, que le recriminaban por el no abono de deudas, que por otra parte ella manifestó no tener y que no han sido objeto de justificación", alegó el tribunal.