La Audiencia ve "sin fundamento" el auto de De Lara por la perra Katalina

El tribunal recuerda que el animal "carece de condición humana", pero le deja bajo el cuidado de la Protectora

Los dueños de la perra, ante los juzgados. XESÚS PONTE
photo_camera Los dueños de la perra, ante los juzgados. XESÚS PONTE

Uno de los casos más peculiares que se investigan en el juzgado de instrucción 1, la caída de la perra Katalina desde una ventana supuestamente empujada por sus dueños, ha dado un nuevo giro: la Audiencia Provincial de Lugo ha emitido un auto en el que mantiene que la perra herida siga bajo custodia de la Protectora de Animales, pero anula el resto de medidas impuestas por la jueza Pilar de Lara al considerar que "no tienen fundamento".

Hay que recordar que De Lara, que actuó de oficio en base a las informaciones publicadas en los medios de comunicación y los comentarios en las redes sociales, imputó a los dueños de la perra (una pareja sin recursos que vivía en una casa ocupada en A Milagrosa) y les retiró la guardia del animal, que fue entregado a la Protectora. También les prohibió acercarse a menos de 500 metros de la perra y de las instalaciones de la Protectora y del hospital veterinario Rof Codina, así como comunicarse de cualquier modo ni con estas dos instituciones ni con la propia perra, además de prohibirles la tenencia de otros animales.

Esta decisión fue recurrida por los abogados defensores de la pareja, que aseguró en todo momento que ni siquiera estaban en casa cuando cayó la perra por la ventana, y por la propia Fiscalía, que no encontraba apoyo alguno en la legislación española para justificar dichas medidas.

Es el recurso de la Fiscalía el que ahora atiende la Audiencia Provincial, que considera "justificada y proporcionada la intervención cautelar y depósito de la concreta perra a que se refiere esta causa para la protección de su salud".

Sin embargo, "el tribunal rechaza que tengan fundamento la atribución de guarda y custodia de un animal y las prohibiciones de aproximación y de comunicación" establecidas por la jueza. La razón es la misma que argumentó la Fiscalía: "No existe previsión legal expresa ni ostenta el animal la condición de víctima ofendida o perjudicada por el delito, por carecer de condición humana". La Audiencia Provincial tampoco aprecia la necesidad de prohibir a los investigados la tenencia de otros animales.

Por todo ello, anula el auto de Pilar de Lara en todo salvo en "la medida de intervención cautelar y depósito de la perra para la protección de su salud", pero apura a la jueza a acelerar la investigación porque que "la propia entidad de esta medida exige la más pronta tramitación posible de la causa, que se estima ha de estar próxima a su conclusión".

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