Un adolescente es condenado por darle bofetadas a otro en un recreo del instituto

La jueza de menores le impuso seis meses de libertad vigilada. Tendrá que someterse a terapia y hacer un curso educacional
Maza de un juez. PIXABAY.
photo_camera Maza de un juez. PIXABAY.

El juzgado de Menores de Lugo impuso una condena de seis meses de libertad vigilada -"con la obligación de realizar actividades sobre resolución pacífica de conflictos, así como de asistir a terapia"- a un adolescente que abofeteó a otro en un recreo del instituto.

Tal y como quedó recogido en la sentencia, el 2 de diciembre del pasado año 2020, sobre las siete de la tarde, el acusado, que en el aquel momento tenía 17 años, abordó a otro menor cuando se dirigía a un supermercado, en el periodo de recreo del instituto. El joven, "guiado por el ánimo de menoscabar la integridad física del otro joven", le propinó varias bofetadas en la cara y le provocó erosiones. Tras la agresión, los dos menores discutieron y forcejearon, llegando a caer al suelo, por lo que el mismo chico sufrió un pequeño eritema en hombro derecho.

El acusado negó los hechos en la vista, pero varios testigos confirmaron la versión de la víctima, por el que la jueza le dio credibilidad a su testimonio y condenó al agresor como autor de un delito leve de lesiones, por el que le impuso seis meses de libertad vigilada. "El objetivo fundamental de esta medida", explica la magistrada en el fallo, "es que no vuelva a cometer delitos; que asuma las consecuencias que se derivan de aquel por el que fue enjuiciado; que aprenda a reflexionar, antes de actuar, sobre las consecuencias que van a tener sus actos -no solo para los demás, sino también para él mismo -, así como a controlar sus impulsos y a resolver conflictos de forma pacífica".

Además de la pena de libertad vigilada, la jueza de menores le impuso también al acusado, y a sus representantes legales, la obligación de indemnizar al Sergas en la cantidad de 268 euros por la asistencia médica prestada al herido. La magistrada no fijó ninguna cuantía para la víctima, ya que su progenitor renunció a cualquier tipo de indemnización que pudiera corresponderle. La Audiencia Provincial de Lugo confirmó la condena.