Absueltos tras irse de un cámping sin pagar porque fallaba la wifi

La Audiencia de Lugo concluye que discutieron con la encargada y "los invitó" a marcharse, por lo que resulta creíble que pensaran que no tenían que abonar nada
El juicio por este caso se celebró en la Audiencia Provincial de Lugo. AEP
photo_camera Sede de la Audiencia de Lugo. ARCHIVO

La Audiencia Provincial de Lugo absolvió de un delito de estafa a una pareja que se marchó de un cámping sin pagar porque no funcionaba la wifi. La sala concluye que los acusados discutieron con la encargada y la mujer les "invitó" a irse, por lo que resulta creíble que ambos pensaran que no tenían que abonar la estancia, de tan solo una noche.

La sentencia recoge como hechos probados que el 3 de septiembre de 2021, los acusados llegaron a un camping con sus hijos e instalaron dos tiendas, el vehículo y un remolque. La pareja tuvo problemas con la conexión a internet por wifi y al día siguiente se lo comentó a la encargada.

Los acusados acabaron discutiendo con la mujer y abandonaron el cámping sin abonar el importe de la estancia. La encargada de la instalación denunció los hechos y el juzgado de Instrucción condenó a la pareja por un delito leve de estafa y le impuso una pena de 180 euros de multa a cada uno. Además, los condenó a indemnizar a la denunciante en la cantidad de 52 euros por los daños y perjuicios ocasionados.

RECURSO. Sin embargo, los acusados recurrieron la condena ante la Audiencia Provincial de Lugo, que revisó el caso y finalmente los absolvió. La sala argumenta que no se puede concluir, "más allá de cualquier duda razonable, que hubieran ideado la problemática de la wifi para no pagar el importe, ciertamente escaso". El tribunal explica que los dos acusados "fueron invitados" a marcharse y "dan una explicación que bien pudiese justificar la creencia de que no tenían que pagar", apunta.

"El derecho penal", concluye la Audiencia, "exige para la condena la convicción más allá de cualquier duda que no concurre en el presente caso, donde se expone una explicación que pudiese justificar su conducta, y el viejo aforismo 'in dubio pro reo' obliga al dictado de una sentencia absolutoria".

De este modo, la sala provincial revoca la sentencia dictada por el juzgado de Instrucción en noviembre de 2021 y absuelve a los acusados del delito leve de estafa del que habían sido acusados. De este modo, la pareja no tendrá que abonar la multa ni indemnizar a la propietaria del cámping por la noche que pasaron en el mismo.

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