Absueltos cuatro sindicalistas de injuriar a otra que es del PP y CC OO

Criticaron el posible uso de horas sindicales para ir a una comida-mitin de Núñez Feijóo

El juzgado de Primera Instancia 3 de Lugo acaba de absolver a cuatro sindicalistas de CC OO de la demanda que les había interpuesto otra compañera por la vulneración de su derecho al honor. Lo hizo después de que los demandados le hubieran reprochado que fuera representante sindical de CC OO y militante del Partido Popular, habiendo figurado incluso en sus listas electorales por Pol.

Los hechos que originaron la demanda fueron las críticas que la demandante recibió tanto en las redes sociales como entre sus compañeros del comité de empresa de un call-center de O Ceao tras publicar en su propio perfil del Facebook una foto en la que presumía de estar "comiendo con Núñez Feijóo, Barreiro, Balseiro, Raquel Arias, Ramón Carballo y la junta del PP de Pol", un acto electoral que se había celebrado en Pol. Una de las demandadas le respondió: "Sinceramente, me da vergüenza y mucha ver que una delegada de CC OO toma parte de las listas del PP, demuestra tu catadura moral y ‘principios’. Y que nuestro delegado LOLs de CC OO le haya dado al ‘me gusta’ también es surrealista".

En las redes sociales también empezaron a aparecer algunos fotomontajes al respecto, pero el asunto se complicó aún más cuando sus compañeros sindicalistas escribieron al sindicato alertando de que podía haber usado horas sindicales para acudir a dicho acto electoral. Lo hicieron basándose en que esa comida en Pol comenzaba a las tres de la tarde y que no le habría dado tiempo a llegar si realmente hubiera estado en el local sindical la hora anterior, tal y como ella aseguraba.

La empresa le exigió explicaciones y que justificara sus horas sindicales, aunque no pudo aportar prueba, según la sentencia, de que ni este requerimiento ni el expediente abierto por CC OO tuvieran consecuencia alguna. No obstante, la sindicalista del PP demandó a los cuatro compañeros que firmaron la comunicación a CC OO, por una intromisión ilegítima en su honor y dignidad, por lo que pedía que la indemnizaran en 3.000 euros.

Mientras que una de las demandadas negó haber hecho comentario alguno aparte de firmar la carta que los cuatro enviaron al sindicato, el abogado de los otros tres demandados, Javier Latorrre, consideró que las críticas estaban amparadas por el derecho a la libertad de expresión de sus defendidos, y máxime en unas circunstancias en las que el Gobierno del PP había acometido un duro programa de recortes sociales y laborales.

La jueza Paula Bermúdez Fernández atiende este argumento en su sentencia y considera que las opiniones vertidas no son injuriosas ni vejatorias y que están amparadas por el derecho de opinión, además de que en ningún momento se demostró que tuvieran efectos perjudiciales directos sobre la demandante. Por ello, no solo desestima la demanda, sino que impone a la sindicalista ofendida el pago de las costas.

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