Absuelta la anciana que dio martillazos a su vecino al actuar en legítima defensa

La jueza considera probado que el hombre agarró por el cuello al marido de la septuagenaria y lo zarandeó, por lo que concluye que la reacción que tuvo la mujer fue "proporcionada y justificada"

Rúa Becerreá, en la que ocurrieron los hechos. AEP
photo_camera Rúa Becerreá, en la que ocurrieron los hechos. AEP

La jueza del Penal número 1 de Lugo absolvió de un delito de lesiones a la septuagenaria lucense que se lió a martillazos con un vecino para defender a su marido. El ministerio fiscal pedía inicialmente que la anciana fuera condenada a dos años y medio de cárcel, aunque tras escuchar a los testigos que prestaron declaración en la vista oral modificó su criterio y solicitó que se le impusiera "la pena mínima".

Aun así, la Fiscalía mantuvo la acusación, pero finalmente se impuso la tesis de la defensa —ejercida por el letrado Iván Méndez Marote— que pidió la libre absolución de la acusada al considerar que actuó en legítima defensa, ya que temió por su vida y por la de su esposo. La magistrada comparte en la sentencia el criterio del abogado defensor y explica que la reacción de la septuagenaria fue "proporcionada", "justificada", y estuvo "amparada en la legítima defensa", por lo que concluye que "procede su absolución".

El altercado se produjo el 10 de junio de 2015, cuando la pareja llegó al portal de su vivienda —el tercer piso de un inmueble sito en la Rúa Becerreá, en la zona de A Milagrosa— y se topó con su vecino del segundo. Según explicó la acusada en el juicio, las relaciones entre ambos eran bastante complicadas. "Facíanos a vida imposible e ameazábanos de morte todos os días. El tiña problemas coa bebida e sempre estaba descontrolado", dijo. Tanto la mujer como su marido afirmaron que vivían constantemente con mucho miedo por la actitud de su vecino, ya que temían que llegara a cumplir sus amenazas.

La fiscal solicitaba 30 meses de cárcel, pero tras el juicio pidió "la pena mínima"

Y ese día, su temor se intensificó, ya que el vecino subió las escaleras tras ellos en actitud hostil. "Estabamos facendo obras na casa e o home estaba molesto, xa que durmía todo o día. Comezou a insultarnos e díxonos que nos iba cortar o pescozo. Nós entramos na casa"· contó la mujer, "pero sentimos que andaban na cerradura e decidín abrir".

En cuanto abrió la puerta, el vecino la agarró y la empujó contra la pared, por lo que su marido se acercó a socorrerla y se puso en medio.

Sin embargo, todo su esfuerzo resultó en vano, ya que el hombre se puso todavía más agresivo y también lo atacó. "Zarandeabame dun lado a outro sen parar e intentaba golpearme a cabeza contra as paredes. Escoitaba que ela berraba e pedía que me soltara, pero non facía caso. Chegou un momento", relató el hombre, "que estaba tan mareado que xa non escoitaba nada. Se non é por ela, eu hoxe estaría morto".

La jueza comparte el criterio de la defensa y la absuelve

Ante esa situación, la anciana no lo dudó ni un instante e intentó defender a su marido como pudo. "Como estabamos en obras había ferramentas na entrada. Eu pensei que o mataba alí mesmo, así que vin o martelo, collino, e deille na cabeza varias veces, pero aínda así non o soltaba. Non o deixou ata que o fixen sangrar. Eu nunca lle quixen facer dano a ese home, pero temía pola vida do meu marido e pola miña. Cando o soltou, eu xa non o golpeei máis", afirmó.

LESIONES. Cuando los agentes de la Policía Nacional llegaron al domicilio de la pareja se encontraron al vecino —que ya falleció— con la nariz rota y varias heridas en la cabeza. La jueza del Penal número 1 de Lugo considera que la septuagenaria es autora de todas las lesiones que sufrió el hombre, pero estima que "concurre respecto de dicha acusada la eximente de legítima defensa del artículo 20.4 del Código Penal".

La mujer también sufrió lesiones en el forcejeo con su vecino: una contusión lumbar

La magistrada explica en el fallo que el vecino se dirigió al matrimonio "de forma agresiva, por cuanto su respuesta a la previa conducta intimidatoria del hombre en relación con su esposo fue proporcionada y había una necesidad bastante para ella, entendiéndose que la conducta de la acusada fue exclusivamente paralizante o neutralizadora de la previa reacción del hombre, apareciendo justificada la reacción de fuerza que empleó, que en este supuesto fue golpearle con el único objeto que tenía a su alcance y con la única intención de que soltara a su esposo".

La jueza considera además probado —en base a las declaraciones del matrimonio y de los policías que intervinieron en la trifulca— que el vecino era una persona "corpulenta" y "tenía problemas con la bebida", por lo que la acusada no pudo defenderse de modo distinto a como lo hizo. "Deus lle dea paz no ceo, porque el aquí deunos un inferno", zanjó la anciana en el juicio.

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