Revocada la condena a una maderera por la muerte de un obrero

La Audiencia Provincial de Lugo absolvió a cuatro responsables de la empresa Tablicia, que habían sido condenados por el juzgado de instrucción número 3 de la capital lucense por su presunta responsabilidad en la muerte de un trabajador. La Sala considera que el óbito se produjo por una imprudencia del operario y exime de responsabilidad penal a los acusados, que inicialmente tenían que indemnizar a los familiares en 157.000 euros.

Los hechos se remontan a las ocho de la mañana del 4 de febrero de 2009, cuando el trabajador acababa de iniciar su jornada laboral en la nave que la empresa tiene en Nadela, dedicada a la fabricación de tableros de aglomerado melaminado. El hombre quedó atrapado entre los elementos móviles de la máquina de melamina número 1, entre la cinta y el carro que desplaza los tableros, por lo que sufrió un traumatismo abdominal que le produjo la muerte.

Posteriormente, el juzgado de instrucción número 3 celebró un juicio de faltas contra cuatro responsables de la empresa como autores de una falta del artículo 621.2 del Código Penal -que castiga a quienes, por imprudencia leve, causen la muerte de otra persona- y les impuso multas de entre 200 y 675 euros.

El fallo obligaba además a los condenados, junto con la compañía aseguradora y la empresa, como responsable civil subsidiaria, a indemnizar en 104.800 euros a la viuda, 43.600 a la hija menor y 8.700 a la mayor.

La sentencia que condenaba a los cuatro acusados se basaba esencialmente en dos puntos: por un lado, en la ausencia de las instrucciones del manejo de la máquina en castellano y, por otro, en la ausencia de enclavamiento eléctrico de la valla perimetral que resguardaba la máquina.

Experiencia

Sin embargo, la Audiencia lucense concluye que el fallecido era un trabajador «experto y perfectamente instruido», por lo que considera que la ausencia del libro de instrucciones «carece de importancia». Según explica el fallo, el operario llevaba muchos años trabajando en la empresa y manejando la máquina en la que quedó atrapado.

Además, realizó varios cursos de prevención y era un especialista en el manejo de esa máquina en concreto, puesto que en la instalación de otra máquina similar en la sede de la empresa en Benavente fue el encargado de explicar su manejo a los operarios. Igualmente, el fallecido había sido delegado de prevención de la empresa y secretario del comité de seguridad y salud.

La Sala apunta también que , «aún cuando sería conveniente que estuviese ya realizado el enclavamiento perimetral, lo cierto es que la máquina estaba dotada de mecanismos de seguridad para desactivarla antes de acercarse a sus elementos móviles, así que el trabajador tuvo que abrir la valla perimetral y no accionar la detención de funcionamiento antes de subirse».

De este modo, concluye que la «imprudencia» del trabajador en esta ocasión, a pesar de que nunca antes había desarrollado conductas similares, «fue de gran multitud», ya que superó todas las cortapisas que por su experiencia sabía que no debería contravenir», dice.

La Audiencia Provincial de Lugo decidió así revocar la sentencia dictada por el juzgado de instrucción número 3 de Lugo y absolvió a los cuatro directivos acusados, así como de la compañía aseguradora, por lo que ya no tendrán que abonar las multas ni la indemnización.

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