Los delitos de lesiones en Lugo bajaron un 14% en 2010, pero hubo más homicidios

Recreación de una pelea juvenil (Foto: AEP)
photo_camera Recreación de una pelea juvenil (Foto: AEP)

Los delitos de lesiones disminuyeron un 14,9% en Lugo durante 2010, cuando la Fiscalía provincial abrió 8.461 diligencias previas por actuaciones de esta naturaleza. Por el contrario, los delitos contra la vida registraron un «ligero» incremento, al pasar de nueve diligencias previas incoadas en 2009, a los once procedimientos que se contabilizaron el pasado año.

Tal y como se refleja en la memoria de la Fiscalía lucense, de los once casos abiertos a lo largo de 2010 por delitos contra la vida, cinco fueron por homicidio y los seis restantes se calificaron como homicidio por imprudencia.

En el apartado de lesiones, un total de 4.990 fueron de tipo doloso -con intención de causar daño-; 2.910, lesiones por imprudencia; 550 casos correspondieron a lesiones o maltrato en el ámbito doméstico y de violencia de género, y las once restantes a riñas tumultuarias.

El ministerio público matiza en este punto que el «elevado número» de investigaciones abiertas por lesiones imprudentes (casi 3.000), se explica por los numerosos partes médicos de asistencia que reciben los fiscales, a los que se suman las actas de inspección por accidentes de trabajo. Sin embargo, y a pesar de toda esta actividad, en 2010 «tan solo se han dictado cinco sentencias por lesiones por imprudencia».

Tanto en los homicidios como en los delitos de lesiones registrados en la provincia de Lugo se encuadran agresiones y peleas, pero también accidentes laborales y siniestros de tráfico por imprudencia, así como negligencias médicas.

Condenas

Por lo que respecta a los resoluciones judiciales, la memoria de la Fiscalía correspondiente a 2010 recoge como supuesto «a destacar» una sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo, con fecha de 28 de mayo, que impuso una condena de tres años y medio de prisión a un hombre acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa.

Los hechos ocurrieron en el exterior de un local de ocio de la capital, cuando el acusado se abalanzó sobre otro cliente y le asestó dos puñaladas con una navaja. Aunque el ataque iba dirigido al cuello, la víctima trató de evitarlo y finalmente sufrió dos heridas en el hombro izquierdo.

Otro caso de especial relevancia para el ministerio público es la sentencia de la Audiencia de Lugo, de 21 de octubre, que condenó a un hombre por intento de homicidio con la semieximente de alteración psíquica

El procesado -que padecía un cuadro esquizofrénico paranoico asociado a un trastorno por policonsumo de drogas- esperó a un vecino suyo en el exterior del edificio donde residían, en Viveiro, y le clavó un cuchillo de cocina en el homóplato izquierdo. El Tribunal le impuso al agresor una pena de cuatro años de prisión con la medida de sumisión a tratamiento médico.

En lo tocante a los delitos de lesiones, la Fiscalía provincial hace referencia a una vendetta familiar que dejó atónitos a los vecinos del municipio lucense de A Fonsagrada. Los hechos ocurrieron en 2007, cuando una mujer contrató a varias personas para atentar contra la integridad física de un hombre con el que convivía. Esta encomienda se llegó a realizar en una vivienda unifamiliar aislada de Paradanova, en la que residía la pareja, de donde sacaron a la víctima con la intención de trasladarla hasta un pantano en el maletero de un coche.

Finalmente, la víctima consiguió escapar de sus captores y, en mayo de 2010, la Audiencia Provincial de Lugo condenó a varias personas por esta trama, que en un principio tenía un «propósito homicida» y que terminó con una condena por los delitos de lesiones, allanamiento de morada y detención ilegal.

SENTENCIA

  • La única persona juzgada por asesinato en 2010 fue absuelta. La única persona juzgada a lo largo de 2010 por un delito de asesinato resultó absuelta. El procesado, José Manuel López García, de 83 años, estaba acusado de terminar con la vida de su hermana, Inocencia, de 64, que en agosto de 2008 apareció estrangulada en la vivienda que ambos compartían en el barrio de A Ponte. El hombre declaró en el juicio que la fallecida se suicidó y que quería que ambos se matasen juntos porque temía que les asesinasen.
  • Jurado popular. Un jurado popular declaró al acusado inocente. Tras conocer el fallo, el hombre dijo emocionado: «Muchísimas gracias por todo».
  • Dudas en el juicio. La Fiscalía lucense explica en su memoria anual que el veredicto fue absolutorio porque el jurado «no tuvo acreditado el hecho como consecuencia de las dudas que les generó el debate sobre las horas en las que pudieron ocurrir los hechos».
  • 18 años. Es la pena de cárcel solicitada inicialmente por el ministerio público para José Manuel López García como presunto autor de un delito de asesinato con alevosía.

Casos destacados

Esta semana se cumplió un año de la muerte de una enfermera lucense a manos de su marido

El pasado viernes, día 26, se cumplió un año de un suceso que conmocionó a la capital lucense y que engrosó la lista negra de la violencia machista. Ese día, una mujer de 43 años de edad que trabajaba como auxiliar de enfermería en el hospital Xeral, apareció muerta y con evidentes signos de violencia en su vivienda de la calle Carlos Azcárraga, en el barrio lucense del Sagrado Corazón.

Tras el hallazgo del cadáver, la Policía detuvo en el mismo piso a su ex marido, un profesor de Química del instituto Sanxillao que poco después confesó que puso fin a la vida de su ex mujer tras asestarle cinco golpes en la cabeza con un hacha de cocina. El hombre había limpiado con lejía el piso para eliminar todas las huellas y se había desprendido del arma criminal en un contenedor.

La pareja tenía dos hijos, de 9 y 11 años de edad, que en el momento del crimen se encontraban en casa de sus abuelos paternos. La mujer nunca antes había denunciado a su marido por amenazas ni por malos tratos.

Tras la confesión del agresor y las pesquisas realizadas por la Policía Nacional en el lugar del suceso, el hombre ingresó en la cárcel, donde permanece en prisión provisional.

Actualmente, la causa se encuentra en fase de instrucción a la espera de que finalicen los trámites judiciales pertinentes y se fije la fecha para celebrar el juicio.

Los jueces no vieron negligencia en la atención a un hombre ebrio que sufrió daños cerebrales

Como caso de «especial interés», la memoria de la Fiscalía hace referencia también a la sentencia de la Audiencia de Lugo con fecha de 3 de diciembre de 2010.

El Tribunal provincial confirmó entonces la absolución recaída en el juzgado de lo Penal número 2 de la capital lucense respecto de una supuesta imprudencia médica, que se habría cometido en el transcurso de la asistencia prestada a un joven en el antiguo hospital Xeral de Lugo.

El paciente acudió al servicio de Urgencias del citado centro hospitalario con síntomas de intoxicación etílica y con una herida en la cabeza, por lo que recibió asistencia sanitaria.

Secuelas

Sin embargo, el joven resultó con secuelas consistentes en un deterioro «muy grave» de las funciones cerebrales superiores, con limitación de todas las funciones diarias. Desde entonces, el paciente no puede valerse por sí mismo y tiene una dependencia «absoluta» de otra persona. Además, tal y como recuerda el ministerio público, padece un «déficit de agudeza auditiva severa».

Por estos hechos, los facultativos que atendieron al chico en el hospital de Lugo fueron acusados de un delito de lesiones por imprudencia médica.

Sin embargo, los jueces -tanto en el juzgado de lo Penal como en la Audiencia- llegaron a la conclusión de que su actuación había sido correcta en todo momento, por lo que las diferentes instancias dictaron finalmente una sentencia absolutoria.

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