¿Fallan las leyes o su aplicación?

Un maltratador condenado (Foto: Pepe Álvez/AEP)
photo_camera Un maltratador condenado (Foto: Pepe Álvez/AEP)

FUE PONER UN pie en su nuevo cargo y el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, anunció una reforma en el ámbito judicial que no ha dejado indiferente a nadie. Como era de esperar, mientras que sus afines lo apoyan y se refieren a sus iniciativas como «el cambio con mayúsculas», sus contrarios lo acusan de hacer «populismo penal» y califican la reforma de «involución».

No digo que los términos no estén bien escogidos, pero al ciudadano de a pie no le aportan absolutamente nada.

El debate comenzó ya cuando Soraya Sanz de Santamaría anunció el cambio del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial -que volverán a ser escogidos por los propios jueces, y no por el Parlamento-, y siguió cuando Gallardón puso sobre la mesa la posibilidad de incluir el pago de tasas para recurrir, la reforma de la Ley del Menor, y la instauración de la prisión permanente revisable.

Desde el mismo momento del anuncio, unos y otros -amigos y no tanto-se lanzaron a opinar sobre los cambios, pero siempre desde un punto de vista tan político como inútil. Que si por fin la Justicia se va a desvincular de los caprichos de los gobiernos, que si se le están quitando derechos al pueblo soberano... Vamos, que al ciudadano de a pie siguen sin aclararle nada.

Ni los que están a favor ni los que se echan las manos a la cabeza aportaron de momento argumentos de peso para defender su postura. Con respecto al pago de tasas para recurrir, por ejemplo, habría que preguntarse si realmente va a solucionar el exceso de litigiosidad, o si va a suponer en la práctica que los derechos de los ciudadanos serán directamente proporcionales a sus ingresos.

O en cuanto a la Ley del Menor, que se reformará para que en los casos graves con adultos y menores implicados, estos últimos sean investigados y enjuiciados conjuntamente aunque se les siga aplicando la legislación prevista para ellos. ¿Qué va a suponer esto en términos de efectividad? ¿Qué cambiaría en el caso Marta del Castillo, por ejemplo?

Y por no hablar de la prisión permanente revisable, una pena excepcional para supuestos muy restringidos y que hubieran causado una gran alarma social. Y yo me pregunto, ¿cómo se va a medir la alarma social?, ¿en función de las manifestaciones que se organicen?, ¿según el eco que tenga la noticia en los medios de comunicación?...

La cosa no está muy clara porque un ladrón, un violador y un asesino tendrían que tener la misma pena independientemente de que las víctimas sean una o veinte, anónimas o conocidas, jóvenes o ancianas. ¿Para qué queremos una pena de prisión permanente cuándo no se aplican con firmeza las que hay?

Hace poco, un lucense fue condenado por torturar brutalmente a su familia durante veinte años. El fiscal la pedía 23 años de cárcel, él negoció para aceptar 17, y finalmente solo cumplirá siete. Y no es un caso aislado, ya que todos los juicios penales comienzan con un mercadeo entre las partes que es digno de ver: «Si me quitas el agravante acepto los trabajos sociales y la multa; si me cambias el delito por una falta pago hoy la indemnización....» La ley no falla en el papel, falla a la hora de aplicarla, pero en eso nadie se mete.

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