Entre 50 y 70 teléfonos están pinchados por orden judicial en Lugo

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Los teléfonos pinchados por orden judicial en Lugo en estos momentos son entre 50 y 70, según los datos a los que tuvo acceso este periódico. Estas cifras, evidentemente, varían de forma constante según avanzan los casos y aparecen otros nuevos, pero fuentes conocedoras del procedimiento de escuchas telefónicas aseguran que en ningún momento se ha llegado a superar el centenar de pinchazos simultáneos en la provincia.

Las escuchas telefónicas se han convertido en los últimos años, sobre todo gracias a la evolución tecnológica, en uno de los principales elementos para la investigación de un caso. Por ejemplo, los procesos judiciales más impactantes que en la actualidad se tramitan en Lugo tienen su origen en conversaciones interceptadas en otras investigaciones, como los casos de las multas retiradas por Tráfico y por la Policía Local o la reciente detención del alcalde y tres concejales de Castro de Rei.

El secretismo que rodea los pinchazos telefónicos afecta tanto al funcionamiento del propio sistema de interceptación de comunicaciones, el Sitel, como al resto de datos relacionados con el asunto. Ni el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ni la Fiscalía tienen las cifras de las órdenes judiciales  cursadas a tal efecto, mientras que el Ministerio de Interior se niega a facilitarlos.

No obstante, este diario pudosaber que en este momento son entre 50 y 70 los teléfonos vigilados por mandato judicial en Lugo. Se incluyen también aparatos fijos, aunque la inmensa mayoría son móviles. Esto significa que las personas escuchadas son muchas más, ya que se graban absolutamente todas las conversaciones, mensajes de texto y llamadas perdidas que se hacen desde los teléfonos pinchados o se reciben en los mismos. Hay que tener en cuenta además que cualquiera de esas conversaciones grabadas  puede ser el punto de inicio para una nueva investigación si se detecta un indicio de otro delito.

Es éste, de hecho, el aspecto que más controversia legal genera respecto a las grabaciones. Una escucha telefónica ha de ser autorizada por un juez mediante un auto perfectamente motivado, en el que deben figurar los indicios racionales que justifican la vulneración de un derecho constitucional y se debe concretar exactamente qué se está buscando. La falta de motivación en el auto judicial es el recurso más utilizado por los abogados defensores.

El procedimiento para la autorización de escuchas telefónicas está regulado en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La autorización de intervenir un teléfono se realiza por un mes como máximo, aunque pueden solicitarse las prórrogas que se precisen. Eso sí, la prórroga también ha de acordarse mediante resolución motivada, sin posibilidad de remitirse a la fundamentación expresada en el acuerdo inicial de la medida.

Casos nuevos
Además, las grabaciones sólo se pueden utilizar para el caso para el que se han solicitado, por lo que la cosa se complica más cuando una conversación grabada deriva en una nueva investigación por otro delito. Un proceso judicial totalmente distinto no puede estar basado en las mismas escuchas, por lo que el juez debe emitir otro auto motivado para autorizar nuevos pinchazos para el nuevo caso.

A pesar de que hay sentencias en ambos sentidos, los expertos en derecho penal consultados por este periódico consideran que esa nueva escucha no puede estar basada en exclusiva en las conversaciones grabadas en el caso del que deriva. El juez debe iniciar una investigación para recabar más indicios que apoyen al conseguido gracias a las escuchas y que ayu-den a motivar un nuevo auto para pinchar otro teléfono.

Si no sucede así, entraría en juego lo que se conoce como la teoría de la fruta del árbol envenenado: el indicio principal en el que se basarían las nuevas actuaciones judiciales está viciado porque en la motivación del auto de escuchas original no figuraría que se estaba buscando ese determinado delito. Por lo tanto, la prueba obtenida mediante ese segundo pinchazo no sería válida.

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