El juzgado niega a policías locales la posibilidad de pedir días libres en San Froilán

Dos nuevas sentencias del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Lugo niegan a los agentes de la Policía Local la posibilidad de solicitar días libres en San Froilán, considerando que los intereses generales se sitúan por encima en ese asunto.

Las dos sentencias, prácticamente idénticas, responden a sendos recursos interpuestos por dos agentes contra la resolución del Concello que les negaba los días libres que habían solicitado para asuntos particulares. Uno de ellos había pedido el 25, 26 y 27 de septiembre de 2009 y en el otro, el 27 de ese mismo mes.

El Concello, mediante resolución del entonces concejal de protección de la comunidad, había denegado dichos días alegando que era necesaria su presencia ya que estaban instaladas las barracas, se estaba montando el ferial y ya estaba en marcha el plan de seguridad y tráfico para las fiestas.

Ambos agentes recurrieron al entender que no había motivación suficiente para que les negaran los días y porque consideraban que el concejal delegado de seguridad no tenía competencia para firmar dicha resolución. El juez falla en contra de los policías recurrentes en ambos aspectos.

Sin embargo, es en el punto de las necesidades de organización por el interés general en el que más carga las tintas. Así, el fallo judicial deja claro que el Ayuntamiento tienen la potestad de organizar los servicios municipales «y que esa potestad debe dirigirse a la atención de los fines e intereses generales», algo que estos dos casos considera plenamente justificado. «Un principio básico de la Policía Local», recuerda el fallo, «es el deber de realizar sus funciones con total dedicación en atención al servicio público de seguridad ciudadana».

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