El juez le impuso una multa y una indemnización de 98.700 euros para la familia

El juzgado de lo Penal número 2 de Lugo considera que el acusado es culpable de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte y le impone una multa de cincuenta días con cuota diaria de 24 euros, lo que asciende a un total de 1.200 euros.

Además, ordena que indemnice a la familia del fallecido en un total de 98.700 euros: 80.000 para la viuda y 8.900 para cada uno de los dos hijos del matrimonio.

Absolución

El juzgado absuelve sin embargo al facultativo del delito de homicidio imprudente o alternativamente del delito de omisión del deber de socorro, que era como calificaron los hechos tanto el ministerio público como la acusación particular.

De este modo, el fiscal pedía para el médico una pena de un año y medio de cárcel, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión de médico por un periodo de cuatro años. También solicitaba una indemnización total de 96.869 euros.

Por su parte, la acusación particular elevaba la petición de condena a dos años y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación profesional, mientras que fijaba la indemnización en 98.700 euros.

El fallo explica que el diagnóstico realizado por el acusado era «posible y/o razonable» y la actuación negligente «se circunscribe a esa actitud pasiva de no desplazamiento al domicilio», por lo que únicamente lo condena por falta de imprudencia leve. Contra la resolución del juzgado de lo Penal cabe recurso.

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