El autor del atropello mortal de María López tendrá que ingresar ya en prisión

El autor material del atropello mortal a la joven María López en la Ronda da Muralla de Lugo, Alberto Lugilde Souto, tendrá que entrar en prisión en breve, después de que la Audiencia Provincial revocase el aplazamiento de ejecución de sentencia emitido por el juzgado de lo Penal número 1, que permitió aplazar su entrada en la cárcel hasta que el Tribunal Constitucional se pronunciase sobre el recurso que presentó contra su condena.

La decisión de la Audiencia Provincial se dio a conocer este miércoles y supone que Alberto Lugilde tendrá que aguardar la decisión del Tribunal Constitucional en la cárcel. La defensa de Lugilde recurrió a esta instancia alegando que la elevada atención mediática del caso había jugado en contra del joven.

Alberto Lugilde Souto fue condenado inicialmente por el juzgado de lo Penal número 1 a dos años de prisión, al igual que el otro procesado por los hechos, Óscar López Pérez. Tras conocerse la sentencia, la familia de María López y el ministerio fiscal presentaron sendos recursos de apelación ante la Audiencia Provincial , que revisó la sentencia inicial y elevó de dos a tres años la pena de prisión para Alberto Lugilde y absolvió a Óscar López Peréz, al considerar no acreditado que condujesen en competición y que su conducta influyese en el accidente.

En el accidente que le costó la vida a María López en, de 22 años, también resultó herida de gravedad Nieves Uriz, y otro amigo de ambas, José Fernández Lobeira. Nieves señaló este miércoles, acerca de la entrada inmediata en prisión de Alberto Lugilde, que le parece "lo correcto; es por lo que hemos estado luchando".

Por su parte, el padre de María López, Jaime López también se manifestó sobre la entrada en prisión. "Me tranquiliza porque en algún momento pensará en lo que hizo. A ver si reflexiona sobre lo sucedido, que le costó la vida a mi hija y a nosotros, sus padres, también", señaló.

Jaime López considera que el autor del atropello merecía una pena de prisión más larga, "por cómo fue el accidente y porque hubo una clara omisión de socorro". Aun así, se mostró esperanzado de que la sentencia sirva "de ejemplo para los fitipaldis que siguen sueltos por ahí".

La Audiencia Provincial no estimó en su día el recurso de apelación presentado por los padres de la fallecida y los dos heridos en el accidente sobre el delito de omisión del deber de socorro. El fallo concluye que Alberto Lugilde sí acudió al lugar de los hechos tras el accidente, pero no se identificó por miedo a los comentarios de reproche de las personas que presenciaron la escena, porque vio que los heridos estaban siendo atendidos y porque se encontraba en estado de shock.

En lo que respecta a la omisión del deber de socorro se pronunció en su momento el magistrado José Manuel Varela Prada, que formuló un voto particular y matizó que, en su opinión, Lugilde Soto debería haber sido condenado a dos años de prisión por este delito "al concurrir los requisitos y elementos".

En su razonamiento, el magistrado apuntó que no quedó acreditada la imposibilidad de Lugilde de detener el vehículo antes del lugar en el que lo hizo y que, si su versión es cierta, permaneció en el lugar al menos 15 minutos sin interesarse por el estado de las personas. Además, considera que "no sólo no se interesó por su estado ni prestó el mínimo auxilio, permaneciendo impasible, sino que tampoco avisó a los servicios médicos de urgencia".

No quedó probado, sin embargo que existiera competición ni tampoco que el coche conducido por Óscar López Pérez hubiera influido para que el vehículo de Alberto Lugilde perdiera el control.

La apelación ante la Audiencia se produjo después de que la familia y amigos de la fallecida desarrollase una campaña de recogida de firmas que llegó a recabar el apoyo de 2.500 personas, en desacuerdo con la primera sentencia emitida por el Penal número 3.

Consecuencias sociales
Más allá de las consecuencias penales y de una gran controversia por las decisiones judiciales, el atropello de María López en la Ronda da Muralla, en 2004, causó un gran impacto en Lugo y generó un enorme debate social y político sobre la seguridad en esa vía.

Fruto de aquel debate se produjo un reforzamiento de las medidas de seguridad en distintas calles de Lugo, donde se fueron introduciendo medidas que fuerzan a los conductores a reducir la velocidad. Durante un tiempo, sin embargo, se aplazó la decisión de colocar radares en la Ronda de Muralla, una medida que durante un tiempo desaconsejaron los técnicos.

Sin embargo, el pasado verano el Ayuntamiento de Lugo optó finalmente por colocar dos radares fijos en dos de los puntos más problemáticos de esa vía, así como un sistema de fotorrojo para y multar a quien se salte los semáforos-

Se cumplen cinco años del suceso
El accidente que costó la vida a María López ocurrió hace ahora cinco años, el 14 de noviembre de 2004. La Audiencia Provincial consideró probado que Alberto Lugilde circulaba a una velocidad elevadísima por la Ronda da Muralla, muy superior a la permitida e impropia para la zona. Además, se daba la circunstancia de que era conductor novel y que arrojó una tasa de alcohol de 0,55 miligramos. Con la concurrencia de todas estas circunstancias, la sala concluyó que el accidente sucedió debido a la "temeridad de su conducta".

El tribunal consideró probado que después del atropello, el vehículo recorrió 154,4 metros hasta detenerse porque "era difícil o totalmente ingobernable".

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