El juzgado desestima la demanda de la actriz Iria Pinheiro de acoso sexual

Constata que no existe "ningún indicio" de este delito y determina que la productora actuó correctamente al conocer los hechos 

Iria Pinheiro. ASOCIACIÓN DE ACTORES E ACTRICES DE GALICIA
photo_camera Iria Pinheiro. ASOCIACIÓN DE ACTORES E ACTRICES DE GALICIA

El Juzgado de los Social número 3 de Santiago ha desestimado la demanda de la actriz Iria Pinheiro contra el director del programa Con amor e compañía, José Luis Viñas Orta, al constatar que no existió en el tiempo que ella trabajó en este espacio "ningún indicio" de acoso sexual. Del mismo modo, determina que la actuación de la productora al conocer los hechos fue "correcta".

Iria Pinheiro denunció ante los juzgados de Santiago en marzo de este año el haber sufrido acoso laboral y sexual durante su etapa en este programa, en 2017, para lo que relataba una serie de episodios y comentarios en los que, oídos los testigos, la jueza no ve ningún tipo de contenido de índole "sexual" o "vejatorio".

Según recoge el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, lo expuesto en sede judicial por parte de los implicados y de los testigos permite a la jueza determinar que "no se ha llevado a cabo por parte del demandado" hacia la actriz "ningún acto atentatorio de derecho fundamental", toda vez que "no han quedado acreditados ninguno de los hechos descritos en el escrito de la demandada".

"No se puede negar que ha quedado acreditado que la actriz no se sentía cómoda en el programa, ni con los personajes, ni con el vestuario de cada uno de ellos, ni con el guión adjudicado, que posiblemente no encajaba en el formato del programa", indica el auto, algo que, sin embargo, determina, no tiene que ver con la actitud del director. 
Por ello, explica, "no concurren elementos indiciarios de entidad suficiente para poder inferir, con un mínimo de solidez, seriedad y contundencia que los demandados, y en concreto el director, hayan protagonizado una serie de conductas dirigidas a agredir su derecho fundamental de la integridad moral, y mucho menos sexual", por lo que desestima la demanda.

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En el auto se hace referencia algunos de los comentarios que la actriz denunció haber recibido y considerar "humillantes" que, analizados en su contexto, la jueza rechaza que tuvieran ese fin.

Así, testigos han certificado que algunos comentarios que el director hizo a la actriz fueron hechos también a sus compañeros masculinos con el objetivo de orientar la actuación, así como que el director no bajó en una ocasión la camisa de la actriz, si no que lo hizo el encargado de vestuario y para "colocar el micrófono".

Ninguno de los demás trabajadores del programa, destaca, "observaron nunca, en todo el tiempo que duró la grabación, que existiese algún tocamiento o acercamiento de contenido sexual por parte del director a la demandante, ni a ninguna otra persona del equipo", señala la jueza.

Del mismo modo, los trabajadores manifestaron que "los guiones no eran machistas, ni humillantes ni vejatorios, y menos aún los de la actriz" y que la actitud de él con la demandante "era correcta, de respeto y se incardinaba en el ámbito profesional". 

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