Vuelve el certificado covid en hostelería: ¿pueden entrar los niños en los bares?

Los menores de 12 años podrán acceder al interior ► También entra en vigor la nueva limitación de un máximo de ocho persona por mesa en interiores
Un cliente muestra su certificado covid a un hostelero. XESÚS PONTE
photo_camera Un cliente muestra su certificado covid a un hostelero. XESÚS PONTE

Galicia vuelve a recuperar el certificado covid para entrar en la hostelería y será necesario exigirlo a partir de este sábado para acceder al interior de los restaurantes todo el día y a las cafeterías y bares a partir de las 21 horas. La novedad es que no se les pedirá a los menores de 12 años.

Así figura en la orden que la Consellería de Sanidade publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG), tras recibir la preceptiva autorización del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que entró en vigor a las 00.00 horas de este viernes y hasta el 18 de diciembre, aunque podrá revisarse en función de la situación epidemiológica.

La exigencia de pasaporte covid afecta también a los establecimientos de juego que cuenten con servicio de hostelería y restauración.

La Xunta ya había implantado el certificado covid en el mes de julio para acceder a los locales de hostelería en los municipios con mayores restricciones, pero la medida fue suspendida en agosto por el TSXG tras indicar que no se había solicitado la preceptiva autorización y rechazar después concederla, cuando ya fue pedida por el Gobierno gallego.

Posteriormente, tras recibir el aval del Tribunal Supremo, este requisito ya se ha ido implantando en otros locales y recintos y, de hecho, está en vigor para acceder al ocio nocturno, los albergues que quieran ocupar el 100% de las plazas y para los visitantes y acompañantes de enfermos en hospitales.

 

El certificado que se exige no solo se refiere a la vacunación con pauta completa para el covid-19, sino que también es válido el documento que acredite una prueba diagnóstica negativa en las últimas 72 o 48 horas, dependiendo del tipo de análisis. Asimismo podrán acceder a estos locales las personas que certifiquen que se han recuperado de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos seis meses.

NO EN LAS TERRAZAS. Además "no será necesaria la exhibición de documentación para la prestación del servicio en terrazas situadas en el exterior", según especifica la orden.

La Consellería de Sanidad señala en el texto que este requisito se adopta como "una medida alternativa menos gravosa" pero "con igual eficacia que limitar o establecer nuevas restricciones" a las capacidades máximas y horarias, que han sido pactadas con el sector.

De hecho, este sábado también entra en vigor la nueva limitación de grupos en los locales de hostelería, con ocho de máximo en el interior y quince en el exterior.

El propio TSXG señala en el auto en el que autoriza la utilización del certificado covid que no constan "otras medidas alternativas menos gravosas para garantizar la seguridad sanitaria en este tipo de establecimientos en la situación de emergencia sanitaria".

El alto tribunal gallego considera que la medida "no solo cumple la función de evitar contagios", sino también minimizar los riesgos, pues es "una evidencia científica" que la transmisión entre los vacunados es "mucho menor a la de los no vacunados", constata.

Para garantizar la privacidad e intimidad, la comprobación de validez de los certificados presentados, tanto en formato papel como en digital, solo podrá ser efectuada por los establecimientos a través de la lectura del código QR, empleando la aplicación Passcovid de la comunidad gallega.

La orden especifica que la comprobación se realizará únicamente para el control de acceso por lo que "no se conservarán en ningún caso datos de carácter personal ni se crearán ficheros con ellos", ni ningún tratamiento sobre datos personales, y se hará de la manera "menos intrusiva e invasiva".

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