El TSXG prevé que el juicio del caso Alvia arranque en el primer trimestre de 2022

Está por decidir el espacio en el que se celebrará el proceso, con 195 acusaciones y 120 abogados
Operarios trabajando en la curva de A Grandeira, en Angrois. AEP
photo_camera Operarios trabajando en la curva de Angrois en la que ocurrió el accidente. AEP

El presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), José María Gómez y Díaz-Castroverde, ha asegurado que el juicio por el accidente del Alvia ocurrido en el barrio compostelano de Angrois en julio de 2013, en el que fallecieron 80 personas y 144 resultaron heridas, "podría comenzar en el primer trimestre" de 2022

Así se ha pronunciado en declaraciones a los medios tras mantener una reunión con jueces en Santiago de Compostela y al ser preguntado por las previsiones para este juicio después de que la Audiencia Provincial de A Coruña ratificase el cierre de la instrucción sobre el siniestro. 

El presidente del TSXG ha explicado que, una vez que se decrete el auto de apertura de juicio oral —que se calcula que será antes de agosto—, "se harán los trámites necesarios para remitir el asunto al juzgado de lo penal" de forma que "el juicio podría comenzar en el primer trimestre" de 2022. Precisamente, según han apuntado fuentes judiciales, cuando el asunto esté en el juzgado de lo penal, se iniciará la organización del juicio y se decidirá el espacio en el que se celebrará dada la dimensión de la causa y las partes implicadas. 

En su intervención ante los medios, José María Gómez y Díaz-Castroverde ha afirmado que la duración que podrá tener este juicio es "imposible de calcular" toda vez que "son 195 acusaciones" y "120 los abogados que van a intervenir", además de la Fiscalía.

La instrucción del caso se cerró con el maquinista y el exjefe de seguridad en la circulación de Adif como únicos imputados

CIERRE DE LA INSTRUCCIÓN. En un auto con fecha del 26 de marzo que trascendió a los medios a inicios de abril, la Audiencia Provincial de A Coruña ratificó el cierre de la instrucción sobre el accidente y mantuvo como investigados al maquinista y el exjefe de seguridad en la circulación de Adif. A ambos, Francisco José Garzón Amo y Andrés Cortabitarte, se les imputan 80 delitos de homicidio y 144 de lesiones por imprudencia profesional grave. 

De este modo, los magistrados rechazaron los recursos presentados por varias partes contra el auto del juzgado de instrucción número 3 de Santiago que puso fin a la investigación. Los jueces también mantienen que hay "terminantes y plurales indicios" de que la causa del accidente fue el exceso de velocidad y entienden que existía "un riesgo especial de descarrilamiento" que no fue "percibido y atendido por Adif". 

Así las cosas, el juicio oral se abrirá contra estas dos personas: el maquinista del convoy, que aquel día circulaba con un exceso de velocidad tras atender una llamada del interventor; y el exdirector de seguridad en la circulación de Adif, al que el instructor atribuye la responsabilidad de una evaluación de riesgos deficiente en la línea. 

Ahora, tras el cierre, el instructor da un plazo para presentar escritos de acusación y de defensa. Una vez recibidos, se estudiará la logística para planificar el juicio, en función de la agenda del juzgado al que competerá el caso.

Al tercer cierre, el definitivo
En septiembre de 2020, Andrés Lago cerró la investigación del accidente del tren Alvia. Era la tercera vez que este magistrado —el segundo encargado de investigar la causa— daba por cerrada la instrucción. La primera fue en octubre de 2015, con el maquinista como único imputado. En la segunda, en diciembre de 2018, ya contaba también con el exresponsable de seguridad de Adif como imputado, tras la línea que le marcó la Audiencia Provincial de A Coruña en el momento en que dictó la reapertura del caso. 

Denuncia 
Fue la denuncia de un extrabajador de Talgo, que aseguró que responsables de la empresa ordenaron el borrado de averías del tren poco después de sucedido el accidente, la que obligó a reabrir la causa en noviembre del año pasado. Talgo siempre negó tajante esas acusaciones, pero el juez, ante la demanda de la Audiencia, tomó declaración al extécnico denunciante y a varios trabajadores para tratar de dilucidar si ese borrado existió o no. 

Ahora, es la propia Audiencia la que avala su decisión de considerar que estos hechos carecen de relevancia al afirmar que existe una causa basada en "terminantes y plurales indicios" que "no resulta cuestionable, apta por sí sola para generar el descarrilamiento", como era "la velocidad excesiva para la curva en la que se salió el tren de la vía".

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