El TS estima dos recursos contra el auto que anuló el concurso eólico de Feijóo

Considera que la sentencia del TSXG incurrió en una "incongruencia por exceso" al extender la anulación a todo el concurso sin circunscribir la nulidad y la consiguiente retroacción de actuaciones a una única zona

Un parque eólico. AEP
photo_camera Imagen de un parque eólico. AEP (ARCHIVO)

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado los recursos de casación interpuestos por la Xunta y tres empresas contra el auto de 2016 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anulaba el concurso eólico del Gobierno de Alberto Núñez Feijóo.

Pero, además, en su sentencia, con fecha 9 de octubre, también estima en parte el recurso interpuesto por otra compañía contra la decisión que en 2010 le dejó fuera del reparto de megavatios.

En primer lugar, el Supremo estima el motivo de casación de los recurrentes al considerar que la sentencia del TSXG "incurrió en una incongruencia por exceso al extender su decisión de anulación a todo el concurso sin circunscribir la nulidad y la consiguiente retroacción de actuaciones a la zona 7 para que solo en ella se procediese a una nueva valoración de las ofertas presentadas".

Y es que la Xunta, Norvento, Aldeasa y Kaekias Eólica interpusieron sendos recursos de casación en relación con lo que el auto decía sobre la aplicación de los criterios de valoración.

Es "cierto", entiende ahora el Tribunal Supremo, "que si en un proceso selectivo se considera incorrecta la aplicación un criterio de valoración, el pronunciamiento de la sentencia, por razones de igualdad del proceso selectivo, no puede circunscribirse a que el nuevo criterio se aplique tan solo a las empresas de la recurrente, excluyendo a las demás que con ella concurren". "Ahora bien, ello no implica que se deba anular el proceso selectivo desarrollado en todas las zonas", subraya.

De modo que explica que "la pregunta clave para determinar si la sentencia incurrió en una incongruencia por exceso o por desviación es si la resolución del concurso operaba por zonas de forma independiente".

"Parece claro a la vista de las normas que regían la convocatoria que la resolución del proceso de selección competitiva de parques eólicos se producía por zonas", sostiene. De ahí que estimen los recursos de la Xunta y las tres empresas.

Pero, por otra parte, también estima "en parte" el recurso contencioso administrativo de Capital Energy contra la resolución de la Consellería de Economía e Industria de mayo de 2011 que rechazó el recurso de alzada presentado contra la decisión de diciembre de 2010.

Entonces, se aprobó una relación de anteproyectos de parques eólicos seleccionados y Capital Energy quedó fuera. El Supremo le da la razón, en parte, a los argumentos esgrimidos contra la comisión de valoración de dichos proyectos

BRONCA EN EL PARLAMENTO

Precisamente este jueves, a raíz de la publicación de esta sentencia, las intervenciones del Debate de Estado de la Autonomía han finalizado con una tensa bronca protagonizada por el secretario xeral del PPdeG, Miguel Tellado, y el portavoz de En Marea, Luís Villares, sobre la labor profesional del magistrado lucense en excedencia.

En concreto, el enfrentamiento ha tenido lugar durante la última intervención del también viceportavoz parlamentario del PPdeG, quien han aprovechado su intervención para hacer referencia a esta sentencia del Tribunal Supremo que, según ha enfatizado, "anula el 95%" de un fallo previamente dictado por el TSXG en el que participaba Luís Villares. 
 

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