Tres municipios gallegos dejan que Tráfico ponga las multas

La falta de medios está detrás de la delegación de competencias que han hecho tres municipios de la comunidad en cuestiones relativas a la seguridad vial. El concello lucense de Becerreá y los ourensanos de A Rúa y Barbadás han dejado en manos de la Guardia Civil de Tráfico la capacidad sancionadora en esta materia, aunque en el último caso la cesión se refiere sólo al servicio nocturno, según la información facilitada por la Delegación del Gobierno en Galicia.

Estas entidades locales se acogen a la normativa vigente, que permite delegar tal facultad de los alcaldes a los dispositivos de Tráfico. Normalmente, argumentan fuentes del ente que dirige Antón Louro, se aducen razones como la falta de personal y medios en el ámbito municipal para instruir y resolver de manera correcta un procedimiento sancionador en materia de tráfico y seguridad vial. No es una excepción en el panorama estatal, pues existen más casos en España. La comunidad que más cesiones ha realizado es Cantabria, según el Ejecutivo.

Desde el ámbito local, el presidente de la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp), Carlos Fernández, asegura que cuando se recurre a esta cesión de competencias es más que por cuestiones económicas por la "operatividad administrativa" que requiere la tramitación de las multas. Así, lo equipara con los ayuntamientos que optan por que sea la Diputación provincial la que se encargue de la recaudación de algunos impuestos, como se ofrece en el caso de A Coruña.

Asimismo, explica que en muchos municipios es complicado encontrar a un funcionario que ejerza de "instructor" de las sanciones. "Los ayuntamientos tendrían que dotarse de mecanismos muy complejos" para gestionar las multas, argumenta el presidente de la entidad municipalista, además de alcalde del ayuntamiento coruñés de Ames.

El regidor de Becerreá, Manuel Martín Núñez (PSdeG), argumenta que si se recurrió a la delegación de tal competencia fue por dos motivos fundamentales: "comodidad y falta de personal", pues el municipio carece de Policía Local. La cesión se aplica desde hace poco más de un mes (el convenio fue suscrito a finales de diciembre de 2010). Fundamentalmente las sanciones son por vados y otras cuestiones de tráfico que afectan a la localidad.

La delegación de la competencia supone, en realidad, pocos cambios respecto a la gestión de las penas que había hasta hace unas semanas. Antes, Tráfico remitía al Concello "un oficio con la multa" y éste remitía las sanciones. Ahora, las denuncias siguen siendo de la Guardia Civil y la multa se remite "en otra especie de boletín un papel del Ministerio de Interior", que firma también el ayuntamiento.

Los municipios que han decidido ceder tal competencia a Tráfico se acogen al párrafo cuatro del artículo 71 del Real Decreto Legislativo 339/1990, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 15/2007, que modifica el Código Penal en Seguridad vial. En él se establece que la sanción por infracción de normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad, siempre que se ajusten a los preceptos establecidos en la legislación aplicable en esta materia.

El apartado quinto de ese mismo artículo indica que los jefes provinciales de tráfico asumirán la competencia de los alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por estos. Esa petición, en todo caso, debe ser aprobada en el pleno de los ayuntamientos que opten por esta opción.

Recursos limitados
En Galicia, menos de la mitad de los municipios tiene Policía Local. Son 131 de 315 (el 41,6%), y algunos más (12 en toda Galicia) disponen de los denominados vigilantes municipales, que no van armados. No obstante, casi 30 ayuntamientos gallegos disponen de cuerpos de policía local formados por sólo uno o dos agentes.

Es un problema que generalmente está relacionado con la falta de recursos, aunque en la práctica supone un incumplimiento de la ley gallega, que fija como mínimo tres. De hecho, las localidades sólo pueden contratar dos vigilantes municipales, pues de llegarse a tres se consideraría justificada la creación de un cuerpo de Policía Local. Y eso obligaría a contratar agentes policiales, no vigilantes.

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