Ratifican el decreto de la Xunta que obliga a identificar con chips a caballos salvajes

El Supremo desestima el recurso de casación presentado por la Asociación Cabalar Monte Acibal de Amil y la Asociación Lobo
Caballos salvajes
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El Tribunal Supremo ha ratificado el decreto de la Xunta que obliga a identificar a los caballos salvajes con un microchip al desestimar un recurso de casación de la Asociación Cabalar Monte Acibal de Amil y la Asociación Lobo.

El alto tribunal desestima el argumento de las asociaciones recurrentes, en base al artículo 465 del Código Civil, respecto a que solo se podría apreciar un derecho de posesión de estos equinos durante la celebración de los curros, ya que el resto del año permanecen sueltos en el monte.


El Supremo considera que ninguna de las previsiones del decreto impugnado vulnera las previsiones del citado artículo del Código Civil, pues no regula la posesión de animales salvajes, sino las obligaciones administrativas de quienes sean titulares de explotaciones de equinos, incluidos los que están en libertad.

Añaden los magistrados que el régimen civil de propiedad y posesión de los animales salvajes no es incompatible con el ejercicio de las potestades administrativas de tutela del interés público en materia de sanidad animal y la prevención de los eventuales riesgos que puedan generar a terceros.

"Obviamente, la obligación de identificación no es sustituible por las formas tradicionales de identificación o marcas que se realizan en los caballos en los denominados curros", indica el alto tribunal. 

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